¿Puedo viajar a Reino Unido con la tarjeta de familiar comunitario?

¿Puedo viajar a Reino Unido con la tarjeta de familiar comunitario?
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viajar a UK con tarjeta familiar comunitario

Te aclaramos las dudas respecto a viajar a Reino Unido con la tarjeta de residencia de familiar comunitario

En nuestro artículo ¿Puedo viajar sin visado a Reino Unido con permiso de residencia en España? mencionábamos los casos en los que es necesario obtener un visado (usualmente el standar visitor visa) aun cuando contaras con un permiso de residencia español.

También señalamos que si eras titular de una tarjeta de residencia de familiar comunitario, la situación es un poco diferente. Veamos por qué

Reino Unido, la Unión Europea y el Espacio Schengen

Aunque Reino Unido no es parte del convenio que estableció el llamado Espacio Schengen, que permite la libre circulación por los países que sí lo suscribieron, sigue siendo parte de la Unión Europea. En este sentido, ha adaptado a su legislación interna la Decisión 2004/38/EC de la Comisión Europea, referida a la residencia de ciudadanos de países la UE en otros estados de la UE.

En especial ha incorporado lo establecido en el artículo 10 de la Decisión, que establece la figura de la tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión Europea, conocida más popularmente como tarjeta de familiar comunitario.

Cuando NO necesitas visado para viajar a Reino Unido si posees la tarjeta de familiar comunitario

En este sentido, si eres nacional de un país que normalmente necesitaría visado para entrar como turista al Reino Unido (como es el caso de los ciudadanos de Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, Perú, Haití, República Dominicana o Venezuela, por ejemplo), pero tienes una tarjeta de residencia de familiar comunitario emitida por un Estado distinto del ciudadano comunitario, y viajas con él/ella o te reunirás con él/ella en Gran Bretaña o Irlanda del Norte, NO necesitarás de un visado.

Ejemplo Nº 1. Supongamos que eres de nacionalidad colombiana y estás casado con un ciudadano francés, viven en España y has obtenido en consecuencia una tarjeta de familiar comunitario emitida por el gobierno español. Si deseas viajar a Reino Unido (Inglaterra, Escocia, Gales o Irlanda del Norte), siempre que viajes junto con tu cónyuge o que él/ella esté ya allí y vayas a reunirte con él/ella, NO necesitarás visado.

Cuando SÍ necesitas visado para Reino Unido aun cuando poseas una tarjeta de familiar comunitario

Ejemplo Nº2. Si por el contrario, fueses de nacionalidad colombiana (para mantenernos dentro de supuestos parecidos) y estuvieses casado con un ciudadano español, residen en España y por ende has obtenido una tarjeta de familiar comunitario emitida por el Estado español, SI necesitas de un visado.

En efecto, en este caso, la tarjeta ha sido emitida por el mismo país de nacionalidad del ciudadano comunitario (España), por lo que el Reino Unido no lo considera propiamente un permiso de los señalados en el citado artículo 10 de la Decisión 2004/38/EC.

De hecho, España es de los pocos países de la UE que no tiene un permiso de residencia propio para los familiares de sus ciudadanos, por lo que emite en estos casos una tarjeta de familiar comunitario que, como dijimos, a juicio del Reino Unido, no cumple los requisitos del citado artículo 10.

No obstante, en este supuesto, es decir, cuando eres familiar de un ciudadano de un país de la UE y posees un permiso de residencia por ese motivo emitido en el país de nacionalidad del comunitario (ejemplo Nº 2), aunque requieres de un visado, este no es el standar visitor visa, que en principio aplica a la mayoría de los casos, sino el llamado  EEA family permit, que en teoría es más sencillo de tramitar.

Puedes encontrar mayor información sobre cómo tramitar dicho EEA family permit en el sitio oficial del gobierno del Reino Unido haciendo clic en este enlace.

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