¿Puedo solicitar arraigo social sin contrato de trabajo?

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solicitar arraigo social sin contrato de trabajo

Solicitar arraigo social sin contrato de trabajo: supuestos

1- Depender de un familiar, como el cónyuge o pareja de hecho, padre, madre, hijo o hija.

Es el supuesto más común para solicitar arraigo social sin contrato de trabajo. En estos casos, la Oficina de Extranjería  suele tomar como referencia a la hora de resolver la solicitud los criterios económicos exigidos en los expedientes de reagrupación familiar.

Para ello, las cuantías mínimas son las siguientes:   Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM; por cada miembro adicional se deberá sumar el 50% del IPREM. Para 2017, el IPREM ha sido fijado en 537,84 euros mensuales. Además se debe disponer de una vivienda adecuada.

Dichos ingresos deben probarse presentando el correspondiente contrato de trabajo del familiar, nóminas, informe de vida laboral, declaración del IRPF, etcétera. Por último, sería necesario acompañar el correspondiente volante de empadronamiento y convivencia (donde conste que el solicitante y el familiar habitan la misma vivienda).

2- Desarrollar una actividad por cuenta propia una vez se obtenga el arraigo social

Esta es otra opción para solicitar arraigo social sin contrato de trabajo. Para ello se deberán presentar los siguientes documentos:

En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo del Real Decreto Ley 19/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 300 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos el artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente.

En el resto de actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando, la situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.

Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.

Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

3- Poseer ingresos propios

Por último, también se puede solicitar arraigo social sin contrato de trabajo si se justifican ahorros o ingresos periódicos suficientes para mantenerse en España durante el año de la autorización.

En este supuesto, en principio, los requisitos económicos serían los mismos que para una autorización de residencia no lucrativa, a saber:

Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, es decir, 2.151,36 euros mensuales (25.816,32 anuales).

También debe contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

No obstante, en la práctica las Oficinas de Extranjería suelen aplicar un criterio más favorable, el de la reagrupación familiar (esto es, para unidades familiares que incluyan dos miembros se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM; por cada miembro adicional se deberá sumar el 50% del IPREM. Ello implica que se debe anexar a la solicitud el volante de convivencia).

Solicitar arraigo social sin contrato de trabajo: el informe social

Si se va a solicitar arraigo social sin contrato de trabajo, no basta con cumplir con algunos de los 3 supuestos mencionados anteriormente. Hace falta además un informe social favorable, que elabora usualmente el ayuntamiento donde vive el solicitante.

Los detalles de este informe los describimos extensamente en nuestro artículo “Cómo es el informe para solicitar el arraigo social”.

Solicitar arraigo social sin contrato de trabajo: efectos de la autorización

Un punto importante a tener en cuenta al momento de solicitar arraigo social sin contrato de trabajo son los efectos de la autorización. En todos los casos, va a contener una autorización de residencia, pero no siempre va a autorizar al solicitante para trabajar.

Así, sólo autorizará a trabajar si el supuesto alegado es el desarrollo de actividades por cuenta propia (el segundo caso que comentamos). Por supuesto, no podrá desarrollar actividades por cuenta ajena (es decir, celebrar un contrato de trabajo como trabajador), a menos que obtenga una modificación del permiso.

Si el supuesto que da lugar a la autorización es depender de un familiar, o poseer recursos económicos propios suficientes para su manutención, la autorización será sólo de residencia, pero no autorizará a trabajar, ni por cuenta propia ni ajena.

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