Cómo solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española

Cómo solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española
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Conoce los casos, trámites y documentos a presentar para solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española

Como señalamos en nuestro artículo Quiénes están exentos de los exámenes para obtener la nacionalidad española, hay personas que no están obligadas a presentar ni la prueba de español como lengua extranjera (DELE) ni la prueba que acredite los conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE). No obstante, en estos casos es necesario tramitar un dispensa ante el Ministerio de Justicia, como explicamos a continuación.

¿Qué es la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española?

Es una declaración formal del Ministerio de Justicia de que determinada persona no está obligada a presentar las referidas pruebas, ya sea porque no sabe leer ni escribir, posee dificultades de aprendizaje o ha superado en España la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O).

¿Cómo y cuándo solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española?

Anteriormente, la dispensa debía solicitarse expresamente y la respuesta favorable del Ministerio de Justicia debía obtenerse previamente a la presentación telemática de la solicitud de nacionalidad por residencia. Es un trámite que solía durar varias semanas.

Actualmente, el Ministerio de Justicia permite solicitar la dispensa conjuntamente con la solicitud de nacionalidad, presentando los documentos que demuestren la existencia de una causa de dispensa.

¿Qué pruebas acompañar al solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española?

Dependerá un poco del supuesto. Asi:

  • Si la exención se pide por no saber leer y escribir, la prueba es difícil, pues se trata de demostrar un hecho negativo. Nuestro criterio es que habría que acompañar un Acta de Notoriedad, es decir, la declaración de al menos dos testigos ante notario, de que conocen al solicitante y que por ese conocimiento les consta que este no sabe leer ni escribir.
  • Si la exención es por dificultades de aprendizaje (discapacidad mayor a 65%)  se requeriría un certificado médico de la seguridad social, que lo acredite.
  • Cuando se es mayor de 70 años basta la comprobación de la fecha de nacimiento en la inscripción de nacimiento que se acompaña a la solicitud.
  • Si la exención es por haber estado escolarizado en España y haber superado la E.S.O., o culminado estudios oficiales de educación media o superior deberá acompañarse el correspondiente diploma oficial. No basta el certificado emitido por el centro educativo.

¿Necesito dispensa si soy hispanohablante?

La exención que beneficia a los ciudadanos de los países hispanoamericanos y Guinea Ecuatorial, de no presentar el examen DELE (de conocimiento del español) es automática, no se requiere solicitar dispensa. Por cierto, están obligados a presentar el CCSE.

¿Necesito dispensa si soy menor de 18 años o tengo la capacidad modificada judicialmente?

En estos casos la dispensa es automática, para ambos exámenes, de acuerdo con el artículo 10.6 de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia. No obstante, la citada norma señala:

En los casos de menores de edad y personas con capacidad modificada judicialmente, junto a la solicitud, deberán presentarse certificados de centros de formación, residencia, acogida, atención o educación especial en los que, en su caso, haya estado inscrito el interesado. Este certificado será obligatorio en menores en edad de escolarización obligatoria y siempre que el menor o persona con la capacidad modificada judicialmente esté inscrito en alguno de estos centros.

Estos certificados deberán hacer constar la fecha de matriculación en el centro, si el menor asiste con regularidad al mismo, el grado de conocimiento de la lengua española en relación a su edad escolar, la participación de los padres en la vida escolar, por ejemplo con la asistencia a las reuniones con el profesorado y si existe o no alguna causa que pueda motivar la falta de integración del menor o sus representantes legales en la sociedad española.

La Dirección General de los Registros y del Notariado podrá recabar de oficio la presentación de nuevos documentos o informes oficiales, teniendo en cuenta la edad y circunstancias del menor o de la persona con la capacidad modificada judicialmente.”

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2 comentarios en «Cómo solicitar la dispensa de los exámenes para obtener la nacionalidad española»

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