Homologar títulos universitarios extranjeros en España: todo lo que hay que saber

Te explicamos el régimen para homologar títulos universitarios extranjeros en España y te aclaramos la diferencias con la equivalencia y la convalidación.

El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, distingue dos conceptos: homologar títulos universitarios y pedir la equivalencia de títulos universitarios, cuya diferencia hay que tener muy claras.

La homologación es para las llamadas profesiones reguladas, es decir, aquellas que tienen una ley que desarrolla su ejercicio y establece las condiciones específicas para dicho ejercicio. Tal es el caso, por ejemplo, de los médicos, odontólogos e ingenieros. En total, la normativa señala 36 profesiones reguladas, que puedes ver en el anexo 1 del Real Decreto.

La equivalencia es para las demás profesiones, es decir, aquellas que no están reguladas, como serían, por ejemplo, la de periodista, la de administración y dirección de empresas, la de matemático o físico (salvo, en estos casos, que vaya a ejercer como profesor, actividad que sí está regulada).

Cómo homologar títulos universitarios de profesiones reguladas: casos

A su vez, dentro de la homologación hay que distinguir varios supuestos:

1- Hay profesiones reguladas para cuyo ejercicio basta cursar y aprobar los 4 años de estudios universitarios, que conducen a la obtención de lo que se denomina Grado Universitario. Tal es el caso, por ejemplo, del Ingeniero Técnico de Minas.

2- A su vez, hay otras profesiones que requieren, además del Grado Universitario, cursar un máster universitario, como es el caso del Ingeniero de Minas, para seguir con el mismo ejemplo. Este máster no tiene que ser específico, aunque sí relacionado directamente, por supuesto, con un área de la profesión.

3- Asimismo, hay otras profesiones en las que se exige, además del Grado Universitario, un máster específico y otras condiciones. Es el caso de los abogados, por ejemplo. Estos tienen ahora que:

  • cursar un grado universitario de Derecho (4 años).
  • realizar un máster en práctica jurídica que incluye dos periodos de prácticas laborales (dicho máster dura normalmente año y medio, frente a los otros másteres que duran un año). Y
  • presentar además, luego de haber aprobado el grado y el máster, una Evaluación de Aptitud Profesional, que realiza el Ministerio de Justicia dos veces al año a nivel nacional.
  • Sólo después de cumplir con esos trámites, puede un abogado inscribirse en algún Colegio de Abogados, requisito también indispensable para poder ejercer legalmente.

Homologar títulos universitarios: ejemplos concretos

Supongamos que obtuviste un título de Ingeniero de Minas en la Universidad Central de Venezuela, luego de cursar y aprobar cinco años académicos. En este caso tienes dos opciones:

A- Homologar como Ingeniero Técnico de Minas, para lo cual basta que solicites la homologación a dicho grado universitario.

B- Homologar como Ingeniero de Minas (puesto que estudiaste 5 años originalmente, uno más que los requeridos para el grado universitario español). Para ello tienes que solicitar primero la equivalencia a grado (Ingeniero Técnico de Minas) y luego la homologación a máster.

La respuesta a la solicitud puede ser de 3 tipos: concederla directamente, negarla, o concederla sujeta a que realices la Convalidación de ciertos estudios. Esto último es lo que suele ocurrir. En estos casos, tienes que dirigirte a una universidad española para tramitar la convalidación.

La convalidación puede requerir, dependiendo del tipo de estudio y universidad, que curses determinadas materias, que presentes una memoria de fin de grado, o que tomes directamente unos exámenes.

Si obtuviste un título de abogado en el extranjero, o de arquitecto, o de psicólogo general sanitario, existen requisitos adicionales, que te explicamos en el artículo

Homologar en España el título de abogado, arquitecto o psicólogo general sanitario obtenido en el extranjero.

Solicitar equivalencia de títulos, más fácil

Si se trata de de un título de una profesión no regulada, como el de licenciado en administración de empresas, obtenido en una universidad fuera de España, y si la carrera dura 5 años académicos, lo que solicitas es la equivalencia, que puedes pedirla de tres formas: sólo para el título de grado, sólo para el título de máster, o para ambos supuestos. Lo más recomendable, sería esto último. La equivalencia suelen concederla sin requerir convalidación.

Documentación necesaria para pedir la homologación o equivalencia

Para homologar títulos universitarios extranjeros en España debe presentarse una solicitud acompañada de la siguiente documentación:

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
  • Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  • Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial, en años académicos, del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  • Acreditación del pago de la tasa 790.

Los documentos académicos tienen que estar legalizados en el país de origen y con la correspondiente Apostilla de La Haya. Si no están en español, deben ser traducidos por intérprete público.

Dónde, cuándo y cómo se presenta la solicitud de homologación o equivalencia

Para homologar títulos universitarios extranjeros en España, o solicitar su equivalencia, la solicitud de presenta en cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales (numerosos Ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como Registro Público).

Lo más recomendable, sin embargo, es hacerlo directamente en el Ministerio de Educación, si estás en Madrid, o en la Delegación o sub-delegación de Gobierno si estás en una capital de provincia, pues allí están más familiarizados con el trámite y pueden decirte si te falta algún recaudo.

Puedes hacerlo personalmente o a través de un representante, en este supuesto ya sea con un poder notariado o con una simple carta de autorización. Puedes presentar la solicitud en cualquier momento, no hay una fecha específica para ello.
También puedes presentar la solicitud online, si cuentas con un certificado digital válido en España.

El procedimiento culmina con la resolución del caso, que si es afirmativa se refleja en un certificado expedido por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y que puedes recoger en su sede.

También puedes solicitar que se te envíe al Área de Alta Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma en la que desees personarse para su retirada. Igualmente podrás solicitar que el certificado te sea enviado a la Consejería de Educación de la Embajada de España en donde desees proceder a su retirada, si te encuentras en el extranjero.

Homologar o pedir equivalencia de títulos universitarios extranjeros: cuándo no es necesario

Cuando se trata de títulos universitarios no regulados, como administración y dirección de empresas, informático, etcétera, muchas empresas ni siquiera te exigen que hayas obtenido la equivalencia, les basta que el título esté legalizado en el país de origen con su respectiva Apostilla de la Haya.

No obstante, para opositar o acceder a cargos en la Administración Pública, por ejemplo, que requieran entre los requisitos el poseer título de graduado universitario, sí tendrías que tramitar la equivalencia (se insiste, para profesiones no reguladas, de lo contrario necesitas la homologación).

Igual sucede si tienes un título de una profesión regulada y no tienes planeado ejercerla. En este caso, puedes también pedir la equivalencia en lugar de la homologación, o sencillamente no hacer ninguno de estos trámites, pero si cambias de opinión, tendrás que hacer todo el procedimiento de homologación desde cero.

Convalidación de estudios universitarios, diferencias con homologación y equivalencia

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Rómulo Parra

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