Los ciudadanos de los siguientes países pueden conservar su nacionalidad de origen aunque adquieran la nacionalidad española por residencia, pueden mantener doble nacionalidad;
-Andorra
* Argentina
* Bolivia
* Brasil
* Chile
* Colombia
* Costa Rica
* Cuba
* República Dominicana
* Guinea Ecuatorial
* Ecuador
* Filipinas
* Guatemala
* Honduras
* México
* Nicaragua
* Panamá
* Paraguay
* Perú
* Portugal
* Puerto Rico
* El Salvador
* Uruguay
* Venezuela
Si tu país no aparece en esta lista, deberás renunciar a tu nacionalidad para poder obtener la nacionalidad española ya que tu país no mantiene convenio de doble nacionalidad con España.
Esta renuncia tendrías que hacerla el día de la jura de nacionalidad, no es necesario hacerlo al momento de presentar la solicitud.
El día de la jura, se hará constar que has renunciado a la nacionalidad anterior. Antiguamente bastaba esta declaración. Actualmente, muchos registros civiles exigen, además, una prueba de que efectivamente lo has hecho (como sería una declaración formal presentada ante el consulado del país del país de tu nacionalidad anterior).
Si eres de algún país cuyos ciudadanos pueden conservar su nacionalidad originaria, es decir, tener doble nacionalidad, debes estar atento a que en la inscripción de nacimiento española, el día de la jura de nacionalidad, quede escrito expresamente que no has renunciado a tu nacionalidad anterior.
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