Qué es la jura o promesa de nacionalidad y cómo se realiza

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Te explicamos el procedimiento de jura de nacionalidad en los expedientes de adquisición de nacionalidad española por residencia

El proceso de adquisición de la nacionalidad española por residencia no termina, como algunos piensan, con la resolución del ministerio de justicia español que acuerda concederla.  Es necesaria la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

Qué es la jura o promesa de nacionalidad

Es la declaración que hace el solicitante de la nacionalidad española por residencia que haya obtenido una resolución favorable del Ministerio de Justicia español. En dicha declaración jura o promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. La persona puede escoger jurar si es creyente en Dios, o prometer, si no lo es o sencillamente no desea jurar. La jura y la promesa tienen, de todas formas, el mismo valor ante la ley.

Ante quién se hace la jura o promesa de nacionalidad

Ante el registro civil de la localidad donde resida el solicitante. A partir de fines de 2021, también pueden realizarse ante notario.

No pueden hacerse en los consulados de España en el exterior. Aunque dichos organismos cumplen funciones de registro civil, han recibido instrucciones expresas de no tramitarlas. Por ello, si te encuentras en el exterior tendrías que viajar a España a realizar la jura o promesa de nacionalidad.

Cuándo debe hacerse jura de nacionalidad

Dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la notificación de la resolución del Ministerio de Justicia que acuerda conceder la nacionalidad por residencia.

Qué otros trámites deben hacerse en la oportunidad de la jura de nacionalidad

Además de la jura o promesa de nacionalidad, el solicitante debe manifestar su renuncia a la nacionalidad anterior, o expresar su deseo de conservar su nacionalidad anterior en los casos que procede (si es latinoamericano, por ejemplo). Asimismo, debe solicitar que su nacionalidad española sea inscrita en el registro civil.

Que documentos debo presentar para la jura de nacionalidad

Si la tramitación del expediente de nacionalidad no se presentó telemáticamente (los presentados en el registro civil), basta el pasaporte vigente, el NIE y la resolución que concede la nacionalidad.

Cuando el expediente se tramitó telemáticamente, se deben presentar todos los documentos que se presentaron escaneados en su oportunidad. En particular, el certificado de nacimiento y los antecedentes penales del país de origen.

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