En 2018 el Gobierno español realizó importantes modificaciones al régimen de solicitud de visados de estudio para extranjeros que deseen estudiar en España. A continuación te resumimos las más importantes
Anteriormente, los visados para estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado sólo podían tramitarse a través de los consulados españoles en el país de origen del solicitante.
Ahora dichos visados también podrán tramitarse ante la Oficina de Extranjería de la Provincia donde vayan a realizarse los estudios, prácticas o servicios de voluntariado. No obstante, en estos casos deben cumplirse ciertos requisitos:
Tal como lo establecía la normativa anterior, el permiso de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado se emitirá por el tiempo que duren tales actividades, con el máximo de un año.
La novedad está ahora en que ese permiso de estancia puede otorgarse para hasta dos años “cuando el programa de estudios se desarrolle en una institución de enseñanza superior autorizada y conduzca a la obtención de un título de educación superior reconocido, lo que puede incluir un curso preparatorio a dicha educación superior o unas prácticas de formación obligatoria”.
En ambos casos, continúa existiendo la posibilidad de prorrogarse anualmente el visado de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, cuando el interesado acredite que sigue reuniendo los requisitos tanto de carácter general como específicos respecto a la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España.
En su caso, habrá de acreditar igualmente que ha superado las pruebas o requisitos pertinentes para la continuidad de sus estudios o que la investigación desarrollada por el extranjero progresa.
Otra novedad en materia de permisos o visados de estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado se refiere a quién está autorizado a presentar la solicitud.
En el supuesto de presentación de solicitudes dirigidas la Oficina de Extranjería de la Provincia donde se vayan a realizar los estudios, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, dicha solicitud puede presentarla directamente el interesado, o un representante designado por él. Podrá presentarse ante la Delegación o Subdelegación de Gobierno o por vía telemática.
Adicionalmente, en el caso de estudios de enseñanza superior, la solicitud puede ser presentada directamente por la institución donde van a cursarse dichos estudios superiores.
Por último, los estudiantes que posean una autorización de estancia válida para la realización de programas de enseñanza superior, expedida por España, y que participen en un programa de la Unión o multilateral que incluya medidas de movilidad o que estén cubiertos por un acuerdo entre dos o más instituciones de enseñanza superior, tendrán derecho a entrar y permanecer en uno o varios Estados Miembros a fin de realizar parte de sus estudios en una institución de enseñanza superior previa comunicación a las autoridades de dichos Estados de acuerdo con su normativa en aplicación de la Directiva (UE) 2016/801, durante un período de hasta 360 días por Estado miembro.
Y viceversa (es decir, si tienen autorización de estancia de este tipo otorgada por un país de la Unión Europea y participen en uno de dichos programas, podrán estar en España hasta 360 días).
Además de estos cambios, en 2022 el gobierno español introdujo unas modificaciones resaltantes sobre el visado de estudios, especialmente en lo que se refiere a la posibilidad de trabajar, como te explicamos en nuestro artículo «Nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería, 8 cambios importantes».
Para una visión completa de todas las características y requisitos del permiso de estancia por estudios te recomendamos nuestro artículo Tips para obtener el visado de estudios,
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