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¿Puedo solicitar una prórroga de estancia como estudiante en España?

Te explicamos cuándo y cómo es posible solicitar una prórroga de estancia como estudiante en España.

1- Tienes que contar con un visado inicial de estancia por estudios

Aunque parezca evidente, es importante resaltar este detalle. Así, por ejemplo, si viniste a realizar unos estudios por menos de 90 días y en consecuencia no necesitaste visado de estancia por estudios, no podrás solicitar una prórroga pues no tienes permiso inicial que prorrogar. En este último supuesto, tendrías que solicitar el visado inicial en tu país de origen.

2- En qué casos es posible solicitar una prórroga de estancia como estudiante en España

a- Si, por ejemplo, los estudios tienen una duración mayor a la del visado inicial.

b- O si vas a realizar unas prácticas no laborales, relacionadas con los estudios, en un organismo o entidad pública o privada o un centro de formación profesional reconocido oficialmente, en el marco de un convenio elaborado a tal fin. O

c- Cuando vas a cursar estudios adicionales relacionados con aquellos para los cuales obtuviste el permiso inicial. Si los estudios no están relacionados, lo más probable es que te denieguen la solicitud de prórroga de estancia como estudiante en España.

En todo caso, debes haber superado las pruebas para la continuidad de tus estudios. Si te inscribiste para cursar una maestría, por ejemplo, y no aprobaste ninguna o varias de las materias, es difícil igualmente que te otorguen una prórroga de estancia como estudiante en España.

3- Qué requisitos adicionales debes cumplir para obtener una prórroga de estancia como estudiante en España

a- Debes seguir contando con medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia en España y de regreso a tu país y, en su caso, los de tus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:

Para tu sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM.

Para el sostenimiento de tus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas.

El IPREM mensual para 2023 es de 600,oo euros.

b-Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.

c- Demostrar que estás inscrito para los estudios o prácticas que vas a cursar durante el periodo de la prórroga.

4- Duración de la prórroga

El tiempo que duren los estudios faltantes. En todo caso, no la dan por más de un año, por lo que en algunos casos, tendrás que volver a solicitar otra prórroga.

5- Cuándo solicitar la prórroga de estancia como estudiante en España

Dentro de los 60 días naturales anteriores al vencimiento del visado inicial. También puede pedirse dentro de los 90 días naturales siguientes a dicha vencimiento, pero estarías sujeto a la imposición de una multa (aunque es muy poco frecuente que la impongan).

6- Dónde solicitar la prórroga

La solicitud y los recaudos se dirigen a la Oficina de Extranjería de la provincia donde está el centro educativo, pero se pueden presentar en cualquier oficina de registro o de asistencia en materia de registros de la Administración General del Estado, de la Autoridad Autonómica (Junta, Generalitat), o de la Administración Local (ayuntamientos). Personalmente recomiendo que se haga en las primeras.

También puede presentarse telemáticamente si cuentas con un DNI electrónico o un certificado de firma digital, o si lo haces a través de un abogado, graduado social o gestor administrativo colegiados.

7- Documentos a acompañar al solicitar la prórroga de estancia como estudiante en España

a- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX – 00) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por ti o tu representante legal en caso de ser menor de edad. Dicho impreso puede obtenerse en http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/

b-Pasaporte o título de viaje en vigor.

c-Documentación acreditativa de disponer medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.

d- En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.

e-Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.

f- Documentación acreditativa de reunir los requisitos específicos respecto de la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España.

g- En su caso, documentación acreditativa de haber superado las pruebas y continuar con los estudios, la investigación o formación, o las prácticas no laborales.

h- Pago de la tasa  Formulario 790, código 52.

Rómulo Parra

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