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5 changes in the procedures for obtaining Spanish nationality

On October 11, the Order of the Ministry of Justice 1625/2016, dated September 30, on the processing of procedures to obtain Spanish nationality by residence, was published in the Official State Gazette (BOE). It is, in turn, a development of Royal Decree 1004/2015, of November 6, containing the Regulation that regulates the aforementioned procedure.

The order, as it could not be otherwise, repeats most of the rules of the Regulation, maintaining the preference for the online procedure and that we explain step by step in the following link: process the Spanish nationality by Internet. However, there are some additional details worth mentioning:

1-Additional information to obtain Spanish nationality

Insists that the person interested in obtaining Spanish nationality expressly authorize the Ministry of Justice (marking it in the corresponding box) to directly obtain certain information from other bodies of the Spanish State.

This was also the case in the previous procedure (for the case of criminal records and certificates of knowledge of the Spanish language and the culture and Constitution of Spain). But now the list expands, to include the following:

a mandatory report from the Ministry of the Interior that the requirements of article 22 of the Civil Code are met (good civic conduct and integration into Spanish society).
a report from the National Intelligence Center regarding its own area of competence.
Any other report from the Public Administration that the Ministry of Justice deems necessary.
As we see, the wording of this rule leaves the applicant with some helplessness, since it allows the ministry to establish in practice additional requirements over which the applicant of the nationality has no control or capacity to refute if they are negative.

2-Sufficiency of the language

It extends the possibility of demonstrating the sufficiency of the language for those who wish to obtain Spanish nationality, without the need to present the examination before the Cervantes Institute, to those who hold certain certificates issued by other Spanish educational authorities. Nationals of Spanish-American countries are also still exempt from submitting such an examination.

3-Dismisses the DELE and CSSE tests

Persons who do not know how to read or write or who have learning difficulties may request a waiver of Spanish language and culture tests from the Ministry of Justice, which, in view of the particular circumstances and evidence provided, will give a reasoned decision.

Likewise, applicants who have been schooled in Spain and have passed compulsory secondary education may be exempted from said tests. Both ends must be accredited by means of the appropriate documentation included in the file. See more: Explanation in detail about who is exempt from taking exams for Spanish nationality.

4- Criminal record

In the case of the criminal record of the country of origin of the person applying for Spanish nationality, it extends the validity of these to 6 months (previously it was 3 months).

5-Registration of nationality

The Civil Registries must register the nationality within 5 business days after its concession and swear. Recall that there were cases of cities and towns in which this was taking up to a year. In this sense, it is a favorable change for the applicant.

Rómulo Parra

Ver comentarios

  • Más rápido y más claro imposible. Estoy seguro que serán muy útiles estas notas para muchos aspirantes a obtener la nacionalidad.

    • Buen dia. Dr podria aclararme lo siguiente : soy esposa de español, casada en Venezuela , ya inscribimos el matrimonio aqui en el consulado peroaun no ha llegado el libro de flia. Para irme a españa sola debo llevat carta de invitación. por cuanto tiempo máximo me pueden hacer la invitación, ya q mi esposo puede irse hasta dentro de 2 meses. Y debo llevar el dinero correspondiente a 65€ diarios porel ttiempo q diga la carta ? Orienteme por favor

      • Hola, María. Si no viajas con tu esposo español, ni él está en España antes de que tú viajes, efectivamente tendrías que ir como turista. Recuerda que así puedes estar en España como turista hasta 90 días, aunque tu pasaje y la carta de invitación digan, por ejemplo. 15 días. Eso sí, si la carta dice 15 días, debe coincidir con la fecha de regreso del pasaje y poder demostrar los 63,33 euros diarios por cada uno de esos días (en caso de 15 días= 950 euros). Las personas que han viajado últimamente me han dicho que sólo les han revisado la carta de invitación -o reserva de hotel- y el pasaje de regreso, pero nunca se sabe si a ti te toca un funcionario que además te pida la justificación de que cuentas con los 950 euros.

        • María: también es importante que tu esposo viaje a España antes de los 3 meses de que tú hayas llegado, y pidan la cita para la tarjeta de residencia de familiar comunitario antes de que venzan esos 3 meses, para que no tengas ningún inconveniente desde el punto de vista práctico.

  • Excelente su explicacion... Me gustaria me asesore un poco al respecto del siguiente caso.... Mi esposo es nacido en venezuela hijo de judios serfadies nacidos ambos padres en Tetuan (Españoles los dos) como seria el procedimiento para solicitar la nacionalidad española? Gracias por su atencion.

  • Disculpe mi hija tiene año y medio en Barcelona! Es venezolana y no tiene papeles, ¿en cuanto tiempo puede pedirla si se pide por arraigo familiar de mi tia que si es ciudadana española? y si ella se muda de casa de mi familiar, ¿no podrìa pedirla? Gracias.

    • Hola, Nathalie. En principio no puede pedir arraigo familiar (es para descendientes o ascendientes de español, no para familiares por línea colateral -tíos, hermanos). No obstante, podría pedir arraigo social cuando tenga al menos tres años y cumpla ciertos requisitos adicionales. Para una consulta más detallada, tendría que contactarme. Mis datos de contacto están en este link: https://romuloparraabogado.com/contacto

  • Saludos y gracias por el artículo por demás interesante. Pregunto cuánto es el tiempo que se debe esperar luego de tener la residencia (entiéndase Nie/Tie) si eres conyugue de un
    español. Para iniciar el trámite de la nacionalidad española. Gracias y Saludos

  • buenas tarde mi esposo adquirio la nacionalidad española a traves de su abuela que era española yo estoy haciendo los tramites para anotarme en el libro de familia, tenemos dos hijos ya mayores de edad 24 y 25 habria algina forma de que ellos puedan adquiri la nacionalidad española atraves de su padre vivimos en venezuela

  • Le felicito por su excelente atención licenciado. Yo vivo en merida Venezuela y en marzo me voy definitivo a España con mi novio que es español vi e en valencia españa que documentación tengo que sacar yo aquí en Venezuela y el halla en valencia españa? Yo soy licenciada en educación integral actualmente trabajo en ipostel voy a renunciar después que me valla a España o que me recomienda usted Yo nací en Barquisimeto será que debo hacer todos los trámites de documentación en Barquisimeto? Con que carta debo llegar a España de invitación por mi novio o como turista? El me está ofreciendo matrimonio que documentos debo llevar o sacar aquí en caso de que halla boda?

  • Saludos, mi difunto (10 años) esposo Español soy Vzla mis hijas y nieto ya tienen Nac. Española pero aun estan aca yo podria optar por Nac. o tendrian q irse mis hijas y solicitarme?

    • Hola, Rosa.
      Desgraciadamente no puedes adquirir la nacionalidad automáticamente por el hecho de ser viuda de un español. Sí puedes obtener la residencia primero y luego la nacionalidad por ser ascendiente de un español (tus hijas). Incluso no sería necesario que ellas vinieran primero (podrías hacerlo simultáneamente) sin se cumplen con determinados requisitos. Para mayor detalle tendrías que contactarme. Mis datos de contacto están en el siguiente link: https://romuloparraabogado.com/contacto
      Un saludo.

  • Muy claro y detallado el artículo gracias. Mi novia es colombiana esta aún con la visa de turista que vence a principios del mes de diciembre del 2016, yo he metido hace unos 3 meses mis papeles de nacionalidad y hace unos 2 los de renovacion y cambio de tarjeta de residencia a la permanente, mi pregunta es si deseo contraer matrimonio con ella, afecta en algo el estado del proceso de mi documentación? y en q afecta o varía q me case antes o después de q su visa como turista venza ??

    • Hola, Xavier. Te respondo:
      1- En cuanto a la nacionalidad, si te casas durante el proceso, en principio tendrías que notificarlo y acompañar la copia del certificado de matrimonio al expediente en curso, pues el estado civil es parte de la información que te solicitan.
      2- En cuanto a la solicitud de residencia de larga duración, no tiene efectos que te cases antes o después de obtenerla.
      3- Para el caso de tu novia,sí puede tener efectos, dependiendo de qué planes tengan para el futuro y qué tipo de permiso de residencia va a solicitar. Ya esto tendríamos que hablarlo personalmente. Puedes contactarme al teléfono 671 20 27 20 para concertar una cita.
      Un saludo.

  • yo tengo tres añosperarndo y tadabia no tengo nunguna información....
    stoy pendiente y siempre sale ..en tramite ......no se asta cuando ay q sperar....
    mi hija tiene el mismo problema y ellA ya termino la universidad y nAda q le sale la nacionalidad....

  • Hola lic.gracias x tenernos informados a los q aspiramos a tener papeles en este país nesecito me asesore respecto a q mi pareja es español tenemos 6 meses de convivencia como tendría yo derecho a tener papeles x medio de el me an informado de pareja de hechos pero no ce a cuanto tiempo se puede aser y q se necesita gracias licenciado espero me ayude .

    • Hola, Claudia. Primero, tendrían que registrarse en el Registro de Parejas de hecho del municipio donde estén empadronados. Cada municipio tiene su propio régimen en cuanto a cuánto tiempo después de inscritos se puede considerar válida la pareja de hecho (algunos exigen un año, en otros casos es inmediato). Tienes que consultar en tu ayuntamiento.
      Recibe un saludo.