Apostilla de La Haya: 13 tips que debes conocer para aprender todo lo referente a este certificado

Apostilla de La Haya: 13 tips que debes conocer para aprender todo lo referente a este certificado
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1-La apostilla de La Haya es una certificación que se adjunta a un documento público para dar autenticidad a la firma de quien suscribe dicho documento. Es necesaria para que este tenga validez en el extranjero (en los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961).

2-La apostilla de documentos civiles de una persona fallecida (certificado de nacimiento, matrimonio o divorcio, por ej.), solo pueden solicitarla sus parientes directos (cónyuges, padres, hijos). El acta de defunción certificará el fallecimiento del titular de dichos documentos que, una vez apostillados, tendrán validez legal para cobrar pólizas de seguro y herencias, contraer nuevas nupcias, etc.

3-Las apostillas de documentos referentes a menores de edad se emiten a nombre de uno de los padres o tutor legal.

4-La apostilla de La Haya de documentos de menores de edad que se emiten a nombre de su representante legal, pierden validez cuando aquel alcanza la mayoría de edad, por lo que deberá apostillar nuevamente sus documentos.

5-Generalmente las apostillas no vencen, pero sí puede caducar el documento cuya firma certifican, que podrá tener una vigencia establecida tanto por el organismo que la emite como el que la solicita (registros, juzgados, ministerios, etc.).

6-Las apostillas de casi todos los países tienen en su propio texto, un código de verificación, que se comprueba en una página web que el ente emisor crea específicamente para transcribir el código y constatar la autenticidad de la misma.

Es una medida de seguridad para evitar fraudes. Actualmente, se consideran sin valor las apostillas que no tienen código de verificación, o sí lo tienen pero no está a nombre del titular.

Este tema es especialmente sensible en el caso de apostillas de documentos académicos, como por ejemplo en títulos universitarios.

7-Igualmente son medidas de seguridad: que la apostilla de La Haya esté a nombre del titular del documento, su número de identificación como ciudadano de su respectivo país y de qué documento se trata: certificado de soltería, de nacimiento o de matrimonio, por ejemplo.

8-A menos que en el texto de la apostilla se especifique el país solicitante, las apostillas son válidas en todos los países miembros del Convenio de la Haya y podrá ser presentada en cualquiera de éstos.

9-Tanto nacionales como extranjeros deberán poseer un número de identificación (cédula, DNI, pasaporte), para poder solicitar una apostilla de La Haya.

10-Casi todos los documentos oficiales se pueden legalizar y apostillar. En el caso de los documentos privados, deben apostillarse mediante una declaración jurada, un escrito firmado por un abogado y posteriormente notariado, mediante el cual se hace constar la existencia de dicho documento. Una vez notariado y legalizado se puede apostillar.

Es el caso de los certificados de cursos, constancias de trabajo, cartas bancarias, constancias de no poseer inmuebles, etc., una declaración jurada puede incluir varios documentos del mismo tipo; la cantidad de documentos varía en cada país: el caso es que lo que se legaliza y apostilla es la declaración jurada y no cada uno de los documentos que se hacen constar.

11-Usualmente los documentos se apostillan en los países que lo emiten. Pero eventualmente las autoridades de un país pueden autorizar a sus funcionarios en el extranjero (como cónsules, por ejemplo) para que apostillen documentos procedentes de su país.

12-En la mayoría de los casos, antes de apostillar un documento, suele ser necesaria una legalización previa de quien firma ese documento.

Por ejemplo, en el caso de Venezuela, la partida de nacimiento la expide el registrador principal o el jefe civil. Esa firma de dichos funcionarios debe ser legalizada por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías.

A su vez, es esta última firma la que se autentica mediante la apostilla. No es posible apostillar directamente la firma del registrador o jefe civil, sin pasar por el trámite adicional de la legalización en el SAREN.

13-Las apostillas de La Haya deben traducirse siempre al idioma del país que las solicita. La traducción debe ser hecha por traductores oficiales.

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