Denegación de razones humanitarias a venezolanos. Qué hacer

Denegación de razones humanitarias a venezolanos. Qué hacer
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Para comprender el cambio de criterio de la OAR con respecto a las solicitudes de asilo, y la denegación de razones humanitarias a los venezolanos, debemos saber que en España la residencia por razones humanitarias se puede obtener por dos vías diferentes.

Por una parte, encontramos la residencia por razones humanitarias que regula la ley de extranjería y que, por cierto, es bastante restrictiva; y por la otra, está la residencia por razones humanitarias contenida en la ley de asilo.

Por lo tanto, desde ya es bueno dejar claro que, aunque tengan el mismo nombre, cada una está normalizada por dos leyes diferentes: la de extranjería y la de asilo.

Residencia por razones humanitarias en la ley de asilo

En este caso, se trata de una última alternativa a la que puede aspirar un solicitante de asilo luego de que le sea denegado el asilo y la protección subsidiaria.

Es decir, que un solicitante de protección internacional, al que se le ha denegado el asilo por no cumplir los requisitos del mismo, aún podría obtener la protección subsidiaria (si en su país de origen existe un conflicto bélico), o la residencia por razones humanitarias (si la vida del candidato corre peligro al regresar a su país por una emergencia sanitaria o alimentaria, por ejemplo).

Por lo tanto, la residencia por razones humanitarias que se ha otorgado a los venezolanos deriva de la ley de asilo y es la Oficina de Asilo y Refugio, OAR, quien tiene la potestad de otorgarla o denegarla.

El cambio de criterio

A partir del año 2021, hemos visto la denegación de asilo y residencia por razones humanitarias a un alto porcentaje de venezolanos. Este nuevo escenario nos indica que los criterios de la OAR han cambiado con respecto al año anterior cuando se mostraba menos restrictivo.

Creemos que durante la cuarentena generada por la pandemia de Covid-19, al estar cerrada la entrada a España, no hubo solicitudes de asilo y las autoridades involucradas tuvieron más tiempo para analizar los casos y ajustarlos al cumplimiento de la normativa.

Motivos de la denegación de razones humanitarias a venezolanos

Según los testimonios de los afectados, las razones más comunes de estas denegaciones serían:

1-Provenir de un tercer país, en el que además habían tenido algún tipo de arraigo (permiso de residencia o trabajo, por ejemplo). Esta condición está especificada en la ley de asilo como causa de denegación de la protección internacional. Al denegar también las razones humanitarias, la OAR entiende que el solicitante puede regresar a dicho país en lugar de a su país de nacionalidad.

2-Poseer una nacionalidad adicional a la venezolana (doble nacionalidad). Esta interpretación que OAR hace de la ley, supone que el solicitante de asilo podría radicarse en el país de su segunda nacionalidad, sobre todo si se trata de un país considerado seguro por España.

3-A su vez, algunos venezolanos a los que se les otorgó antes la residencia por razones humanitarias, no se les ha prorrogado, es decir, sus casos han sido revisados nuevamente y no les han concedido la prórroga de sus residencias argumentando que venían de un tercer país o tenían una segunda nacionalidad.

4-Otro grupo ha manifestado públicamente que durante el proceso, no se les citó para presentar pruebas o escritos, que las respuestas recibidas son automáticas y se repiten continuamente, sin analizar cada caso en particular y que incluso hay errores en sus datos personales.

Este giro de los acontecimientos conmocionó a la comunidad venezolana en España que está actualmente avocada en la búsqueda de soluciones para regularizar la situación de los venezolanos que ya están en territorio español.

Qué hacer ante la denegación de razones humanitarias a venezolanos

denegación de razones humanitarias a venezolanos

1-El recurso de reposición

Esta es una primera opción. Se trata de un escrito que presentas dirigido al órgano que dictó la resolución denegatoria (Ministro del Interior), para argumentar las razones por las cuales consideras que la administración debe revisar tu expediente nuevamente.

El recurso de reposición puede ser más efectivo si lo redacta un abogado, pero también puedes redactarlo tú mismo si no tienes medios para contratar un letrado.

Debes redactar un escrito en orden cronológico de tu caso y enumerar los motivos por los que se debe revisar otra vez. Es una herramienta apropiada para aquellas personas que no tuvieron la oportunidad de presentar pruebas o escritos o que presentan errores de sus datos personales, por ejemplo en su nacionalidad de origen.

2-El recurso contencioso administrativo

Es una demanda ante los juzgados de lo contencioso-administrativo. En este caso, el órgano competente es la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, cuya sede está en Madrid. Debe presentarse representado por procurador y asistido por abogado.

En este caso se solicita la nulidad de la denegación y subsidiariamente que se ordene emitir el permiso por razones humanitarias. De hecho, las razones humanitarias a venezolanos se comenzaron a otorgar a raíz de varias decisiones de la Audiencia Nacional que así lo acodaban.

El recurso de reposición no es obligatorio. Es decir, se puede presentar directamente el contencioso sin intentar el de reposición (aunque si se presenta éste último, se debe esperar a su resolución para intentar el contencioso-administrativo).

¿Puedo trabajar si me deniegan el asilo?

En principio no. En teoría, con el recurso de reposición puedes solicitar la suspensión de los efectos del acto. Es decir, que puedas mantener tu permiso de trabajo y la no obligación de salir del país.

De acuerdo con la ley de procedimientos administrativos, si no te responden sobre esta petición en el transcurso de un mes, se entiende que ha sido concedida por silencio administrativo positivo.

No obstante en la práctica, la OAR no suele dar instrucciones a la policía para que te emita una nueva tarjeta roja y termina decidiendo el recurso desestimándolo antes de que puedas ejercer tu derecho a la suspensión de los efectos del acto.

3-Las medidas cautelares

A su vez, en el recurso administrativo, puedes solicitar medidas cautelares pidiendo la suspensión de los efectos del acto, pero hay que cumplir con determinados requisitos: debe haber apariencia de que tus argumentos justifican tu solicitud de razones humanitarias y que el acto de denegación produce un daño de difícil reparación.

4-Volver a Venezuela y tramitar desde allí un permiso de residencia

Aunque evidentemente es la opción más costosa y compleja, es igualmente factible, para quienes pudiesen solicitar algún permiso de estancia o residencia, que deben tramitarse a través del consulado español.

Hablamos, por ejemplo, de un permiso de estancia por estudios, de una residencia no lucrativa, o de un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.

5 -Esperar a cumplir los requisitos para arraigo laboral o arraigo social

Otra alternativa es mantenerse en España en situación irregular hasta cumplir con los requisitos para solicitar ya sea un arraigo social o un arraigo laboral.

En los siguientes enlaces encontrarás las características y requisitos tanto del arraigo social como del arraigo laboral:

Cómo obtener la residencia en España por arraigo social

Arraigo laboral: Puede solicitarse si has trabajado legalmente. Nueva Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia

6-¿Volver a pedir asilo?

Varias personas nos han preguntado si es factible volver a solicitar el asilo como una petición nueva. De acuerdo con la ley de asilo, artículo 20.1e, es una de las causas de inadmisión el reiterar una solicitud ya denegada, salvo que “se planteen nuevas circunstancias relevantes en cuanto a las condiciones particulares o la situación del país de origen o de la residencia habitual del interesado”.

Si planteas lo mismo que en la solicitud anterior, lo más probable es que te la inadmitan a trámite. Antiguamente, casi todas las solicitudes eran admitidas a trámite; actualmente esto ha cambiado y suelen ser más cuidadosos a la hora de aplicar los requisitos de admisión.

Por otro lado, en el mejor de los supuestos, es decir, que te la admitan a trámite, recuerda que por tratarse de una nueva solicitud, te volverían a emitir un resguardo blanco que solo te autoriza para trabajar pasados 6 meses.

Si a eso le agregas el tiempo se demoraron en darte la cita para la entrevista, vas a pasar un número considerable de meses sin una autorización para trabajar legalmente.

7-Mi recomendación para enfrentar la denegación de razones humanitarias

Es difícil dar una recomendación aplicable a todos los casos, lo más prudente sería revisar uno por uno, dependiendo de sus características particulares. No obstante, como regla general, mi recomendación es que se presentes los recursos, tanto el de reposición como el contencioso administrativo.

Los recursos son la vía legal admitida por la administración que te da la oportunidad de ser escuchado nuevamente.

Por supuesto, si estás muy cerca de cumplir los requisitos del arraigo social o laboral, mi recomendación es que tomes alguna de estas vías.

-¿Son efectivos los recursos?

En el caso del recurso de reposición, la administración suele ratificar la decisión inicial, salvo que se aporten pruebas que no constaban antes en el expediente.

En el caso de los recursos contencioso-administrativos, aunque no podemos asegurar cual va a ser la decisión de la Audiencia Nacional sobre cada caso concreto, es nuestra opinión que hay suficientes argumentos para que esta acuerde la concesión del permiso por razones humanitarias, si es fiel a las sentencias que dictó en el 2018 y que dieron origen a que la OAR acordara en 2019 otorgarlas a todos los venezolanos a quienes se les denegó el asilo.

Antes de 2018 la Audiencia Nacional confirmaba las denegatorias de asilo de venezolanos. Gracias a que se presentaron muchos recursos insistiendo en los peligros de que los solicitantes regresaran a Venezuela, se logró que se produjera el cambio de criterio.

En la medida en que nuevamente se presenten recursos, haciendo valer estos argumentos y la Audiencia Nacional los acepte, sería posible también que la OAR vuelva a flexibilizar su criterio.

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