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Qué es la tarjeta roja en el procedimiento de asilo en España

Tarjeta roja en la solicitud de asilo en España, sus requisitos y beneficios

El primer paso de la solicitud de asilo

El trámite de asilo comienza con solicitar una cita ante la oficina correspondiente. Al presentarte a la cita, te expiden un documento, conocido como volante, que señala que has manifestado tu voluntad de solicitar protección internacional y  fija una fecha para una segunda cita.

En esa segunda cita debes presentar los argumentos y las pruebas que justifican la solicitud de asilo. En dicha segunda cita te entregarán un «Resguardo de presentación de solicitud internacional», comúnmente conocido como resguardo blanco, y cuyas características te explicamos en detalle en nuestro artículo «Nuevo resguardo blanco de asilo tiene vigencia de 9 meses«.

En principio, el Estado español debe resolver dentro del mes siguiente a la segunda cita, si admite o no a trámite la solicitud. El que efectivamente la admita no implica que en definitiva vaya a conceder el asilo o la protección subsidiaria. Sólo quiere decir que el procedimiento va a continuar hasta una decisión definitiva. Si no recibes comunicación alguna al respecto, significa que tu solicitud ha sido admitida a trámite.

Es de hacer notar que en algunas comisarías te pedirán los argumentos y pruebas en la primera cita, por lo que te emitirán en ese momento directamente el resguardo blanco.

Tarjeta roja inicial: qué puedes y no puedes hacer

Transcurridos los 9 meses de vigencia del resguardo blanco, debes pedir una nueva cita para renovarlo. En esa cita te dirán si te concedieron o no el asilo y, en caso de que te lo denieguen, si te otorgan o no la residencia por razones humanitarias.

Si todavía la solicitud está en trámite, es decir, no han decidido sobre tu caso, te emiten entonces un nuevo documento identificativo, que se llama comúnmente tarjeta roja, por el color de la cartulina en la que está impreso. Su nombre oficial es “Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional”.

La tarjeta roja inicial tiene una vigencia de seis meses y autoriza a trabajar expresamente. Incluye, al igual que el resguardo blanco, el número de identificación de extranjero (NIE), que te permitirá seguir identificándote para la realización de trámites en general (apertura y movimiento de cuentas bancarias, altas en la seguridad social, etc).

Renovación de tarjeta roja: continúa la autorización para trabajar

Si a los seis meses de haberte emitido la tarjeta roja no se ha decidido aun  tu solicitud de asilo, se renueva la tarjeta roja, y se incluye de nuevo  la mención expresa “AUTORIZA A TRABAJAR”. Cada seis meses la renovarán en las mismas condiciones hasta que emitan la resolución definitiva. Si te conceden el asilo, se sustituirá la tarjeta roja por una Tarjeta de Identificación de Extranjero. Esta es similar a la de quien obtiene un permiso de residencia y trabajo.

ACTUALIZACIÓN

07/06/2023

Los solicitantes de asilo que ha hecho la solicitud durante la primera semana de junio, están recibiendo el resguardo blanco que ahora lleva impreso un código QR y una código CVS. La idea de esta incorporación es evitar la falsificación del documento y que sea más fácil validar su autenticidad y comprobar la identificación del portador es la misma que el titular del documento.

Con respecto a la tarjeta roja, esta también traerá ambos códigos y, adicionalmente, la vigencia de la tarjeta roja ha sido extendida de 6 meses a un año, lo cual disminuirá las solicitudes de citas, que en los últimos años se ha convertido en un inconveniente en el proceso de solicitud de protección internacional.

Estos cambios afectan solo a los solicitantes que hicieron su solicitud desde la primera semana de junio, aquellos solicitantes de asilo que la hicieron antes no deben hacer nada, disfrutarán de estas modificaciones cuando hagan la renovación de sus tarjetas rojas.

Tarjeta roja: ¿Puedo viajar fuera de España?

En principio, no. Ni con el resguardo blanco ni con la tarjeta roja. Ambos documentos tienen una mención expresa que dice: “Este documento no es válido para el cruce de fronteras”. Es decir, legalmente no podrías salir de España. Aunque en la práctica, si viajas por tierra dentro del espacio común europeo, es poco probable que te soliciten algún documento, no es recomendable que lo hagas, pues igual si te solicitan un documento y presentas el resguardo blanco o la tarjeta roja, pudiesen devolverte a España y corres el riesgo de que te revoquen dichas autorizaciones al incumplir las condiciones de la solicitud de asilo.

Más novedades sobre el procedimiento para solicitar asilo en España las encontrarás en el siguiente artículo:

Cómo pedir cita para asilo en España

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Rómulo Parra

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