Cuándo prescribe una deuda en España. ¿Caducan las deudas?

Cuándo prescribe una deuda en España. ¿Caducan las deudas?
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Muchos clientes nos consultan cuándo prescribe una deuda o caduca con el paso del tiempo. Si se mantendrá por tiempo indefinido hasta que se pague o no. La respuesta es que sí, que todas las deudas prescriben, es decir, se extinguen luego de cierto tiempo aunque no se realice pago alguno.

En efecto, la prescripción de deudas es un mecanismo jurídico mediante el cual el transcurso del tiempo extingue el derecho del acreedor a reclamar el cumplimiento de una deuda. En el ordenamiento español, la prescripción de deudas varía dependiendo de la naturaleza de la obligación y se encuentra regulada tanto en el Código Civil español (CC) como en el Código Civil de Cataluña (CCC), cada uno con particularidades en sus normativas.

1. Cuándo prescribe una deuda conforme al Código Civil español

El Código Civil español establece distintos plazos para la prescripción de deudas dependiendo del tipo de obligación de la que se trate:

a) Deudas personales: plazo general de cinco años

El artículo 1964 del CC establece que las acciones personales que no tengan un plazo específico de prescripción prescriben en cinco años, salvo disposición contraria. Este plazo aplica, en general, a las deudas derivadas de obligaciones contractuales y, por lo tanto, a la mayoría de deudas privadas, como préstamos personales, comerciales, entre otros.

Ejemplo: Si una persona solicita un préstamo personal a otra, con la obligación de pagarlo en un plazo de 30 días, el derecho a reclamar la devolución prescribirá en cinco años desde el momento en que dicho plazo de 30 días se haya cumplido

b) Deudas relacionadas con el ámbito profesional: plazo de tres años

El artículo 1967 del CC fija un plazo de prescripción de tres años para diversas obligaciones profesionales, tales como el pago de honorarios a abogados, notarios y otros profesionales como farmacéuticos, médicos o maestros.

Ejemplo: Si una persona contrata los servicios de un abogado para realizar una reclamación y no paga sus honorarios, el abogado tiene tres años desde la finalización del servicio para exigir el pago.

c) Deudas por alquileres, pensiones alimenticias y otras periódicas: plazo de 5 años

Las deudas por alquileres, y las de pensiones alimenticias tienen un plazo especial de prescripción. Según el artículo 1966 del CC, las deudas derivadas de pagos periódicos (pensiones alimenticias, alquileres y cualquier otro pago que deba hacerse por años o plazos más cortos, como los servicios de luz, agua, teléfono, etc) prescriben en 5 años. Esto se debe a la naturaleza periódica de estas obligaciones, cuyo incumplimiento puede acumularse mes a mes.

Ejemplo: Si un propietario no recibe el alquiler por parte de su inquilino durante varios meses, tiene 5 años desde el mes en que debió recibirlo para reclamarlo.

d) Deudas hipotecarias: plazo de veinte años

El artículo 1964 del CC también establece que las acciones hipotecarias para reclamar el pago de un crédito hipotecario prescriben a los veinte años, debido a la especial protección de los derechos reales sobre bienes inmuebles.

Ejemplo: Si un acreedor hipotecario no recibe pagos de la deuda hipotecaria, tiene un plazo de veinte años para reclamar judicialmente la deuda antes de que prescriba.

2. La prescripción de deudas conforme al Código Civil de Cataluña

El Código Civil de Cataluña (CCC) establece reglas distintas de las del Código Civil español respecto a cuándo prescribe una deuda, debido a la autonomía normativa en derecho civil en Cataluña. En algunos casos, el tiempo de prescripción es mayor al señalado en el Código Civil español, y en otros menor, como explicamos a continuación.

a) Plazo general de prescripción: diez años

El artículo 121-20 del CCC establece un plazo de prescripción general de diez años para la mayoría de las acciones personales. Esto incluye la reclamación de deudas por obligaciones contractuales y civiles.

Si un vecino presta una suma de dinero a otro en Cataluña, el derecho a reclamar la devolución de ese préstamo prescribe en diez años desde la fecha en que la deuda sea exigible.

b) Deudas derivadas de prestaciones periódicas: tres años

El CCC establece un plazo de tres años para todas las deudas relacionadas con pagos periódicos, como salarios, rentas, pensiones, etc. (artículo 121-20 del CCC), lo cual es un plazo menor al señalado en el CC español

Ejemplo: En Cataluña, si una persona no paga su alquiler, el arrendador tiene un plazo de tres años para reclamar las rentas no abonadas.

3- Cuándo prescriben las deudas, cómo saber qué plazo aplicar: el del Código Civil español o el catalán

Para ello hay que tomar en cuenta varios factores, como el lugar de residencia de las partes, y el del cumplimiento del contrato. Si ambas partes (o el deudor) residen en Cataluña, se aplicará el derecho civil catalán, por ejemplo.

4. Deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Las deudas que tengamos con Hacienda o con la Seguridad Social, y en general, las deudas tributarias, prescriben a los 4 años, de conformidad con lo establecido en la Ley General Tributaria.

5. Interrupción y suspensión de la prescripción

En ambos códigos civiles, la prescripción puede interrumpirse o suspenderse en ciertas circunstancias. La interrupción de la prescripción implica que el plazo empieza a contarse nuevamente desde cero, mientras que la suspensión detiene temporalmente el cómputo del plazo sin reiniciarlo.

a) Interrupción de la prescripción

La interrupción de la prescripción ocurre cuando el acreedor realiza actos destinados a reclamar la deuda, o el deudor reconoce la deuda. Los actos que interrumpen la prescripción pueden ser extrajudiciales (como el envío de una carta de reclamación), judiciales (una demanda) o por reconocimiento de deuda.

Ejemplo de interrupción extrajudicial: Si un acreedor envía una carta al deudor exigiendo el pago de la deuda, el plazo de prescripción se interrumpe y vuelve a comenzar desde cero.

Ejemplo de interrupción por reconocimiento: Si el deudor firma un documento en el que reconoce la deuda, también se interrumpe el plazo de prescripción y empieza de nuevo.

b) Suspensión de la prescripción

La suspensión de la prescripción puede darse en casos en los que el acreedor se vea impedido temporalmente de reclamar la deuda, como, por ejemplo, en casos de fuerza mayor, incapacidad temporal del acreedor o situaciones de dependencia entre las partes.

Ejemplo de suspensión por dependencia: Si el acreedor es el tutor del deudor, la prescripción de la deuda se suspende mientras dure la relación de tutela, y solo comenzará a contarse una vez finalizada esta relación.

Conclusión

La prescripción de deudas es un mecanismo esencial para regular las relaciones económicas y brindar seguridad jurídica a las partes. En España, el plazo y las reglas aplicables dependen de si la relación se rige por el Código Civil español o el Código Civil de Cataluña. Los plazos y causas de interrupción o suspensión permiten que tanto acreedores como deudores conozcan sus derechos y obligaciones, y contribuyen a una gestión ordenada de las deudas, evitando reclamaciones perpetuas y facilitando la resolución de conflictos de manera equilibrada.

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