Documentos que aunque caduquen durante el estado de alarma serán válidos para posteriores trámites de extranjería

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La jefatura de la Policía Nacional, ha informado acerca de cuáles documentos expedidos por este organismo son válidos para trámites de extranjería aunque venzan durante el estado alarma. Dichos documentos son los siguientes:

  • Autorización de regreso
  • Carta de invitación
  • Prórroga de estancia sin visado
  • Prórroga de visado de estancia de corta duración.
  • Certificado de NIE, de residente y de no residente.
  • Cédula de inscripción de indocumentado.
  • Título de viaje para la salida de España (indocumentado)
  • Documentación relativa a protección internacional y estatuto de apátrida.
  • Certificado de registro de ciudadano de la UE.
  • Documentos relacionados con protección internacional (asilo y protección subsidiaria), como son:
  • Manifestación de voluntad de presentar solicitud de asilo.
  • Resguardo de haber solicitado protección internacional (hoja blanca).
  • Tarjeta roja.

Fuente: Policía Nacional 

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