Cómo cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo por cuenta propia o ajena en España

Cómo cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo por cuenta propia o ajena en España
Facebooktwitterlinkedinmail

¿Es posible que un extranjero en España modifique su situación de permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena?

Es la pregunta que hacen muchos estudiantes de fuera que desean quedarse trabajando en España luego de terminados sus estudios en este país.

La respuesta es que sí, pero sujeto a determinadas condiciones, como te explicamos a continuación.

Condiciones de fondo para cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo en España en todo caso

  1. Debe comprobarse que se han completado los estudios. Un estudiante de grado universitario, por ejemplo, que requiere 4 años para graduarse, no podría solicitar el cambio hasta que termine y obtenga el grado.
  2. Se debe poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión (básicamente para las llamadas profesiones reguladas).
  3. Por último, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

Con la entrada en vigencia de la reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería, ya no es necesario tener al menos 3 años en situación de estancia por estudios en España. También se eliminó el requisito de no haber sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarrollo españoles o del país de origen.

Requisitos adicionales para cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo en España, si se trata de un trabajo por cuenta ajena

En este caso es fundamental presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que contenga las siguientes cláusulas:

  • Debe ser indefinido.
  • La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la retribución deberá ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual. Debe señalarse expresamente el importe en euros (no basta que el contrato diga “conforme al convenio colectivo”, por ejemplo).
  • El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
  • Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM (siglas del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) si no hay familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%. Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional. El IPREM para 2023 ha sido fijado en 8.400,oo euros anuales.

Cambiar un permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo

Requisitos adicionales para cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo en España, si se trata de un trabajo por cuenta propia

Si piensas trabajar como autónomo, es decir, por tu cuenta (caso frecuente para los profesionales liberales, por ejemplo), deben cumplirse ciertos condicionantes:

  • Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  • Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
  • Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
  • Acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.

Quién debe presentar la solicitud para cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo en España, dónde se presenta y cuándo

Si se trata de una autorización de trabajo por cuenta ajena, debe presentarla el empleador, en la oficina de extranjería de la provincia donde se vayan a prestar los servicios (no en donde resida el estudiante). Si la empresa tiene centros de trabajo en más de una provincia y más de 500 trabajadores, en la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Migraciones.

En el caso de una autorización de trabajo por cuenta propia, la solicitud la presenta el propio interesado, también en la oficina de extranjería de la provincia donde vaya a prestar sus servicios (independientemente de dónde esté empadronado).

En Cataluña, en ambos casos (trabajo por cuenta ajena o propia), la solicitud se presenta ante la Generalitat, pues se trata de una competencia que el Estado le ha transferido.

Las solicitudes deben presentarse dentro de los 60 días previos al vencimiento del permiso de estancia o hasta 90 días después. La presentación de la solicitud prorroga el permiso de estancia hasta que haya una decisión del órgano competente.

El caso de los familiares

Si el solicitante que desee cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo tiene familiares que actualmente estén conviviendo con él como familiares de estudiante, estos pueden obtener una autorización de residencia por reagrupación familiar.

Pago de tasas:

En el caso de modificación a permiso de trabajo por cuenta ajena, debe pagarse tanto la tasa por residencia como la tasa de trabajo. en el caso de ser por cuenta propia, sólo la tasa por residencia.

También te puede interesar:

Facebooktwitterlinkedinrss

Deja una respuesta