Cómo cambiar el permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo por cuenta propia o ajena en España
¿Es posible que un extranjero en España modifique su situación de permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, conforme al nuevo Reglamento de Extranjería 2025?
Es la pregunta que hacen muchos estudiantes de fuera que desean quedarse trabajando en España luego de terminados sus estudios en este país.
La respuesta es que sí, pero sujeto a determinadas condiciones, como te explicamos a continuación.
Condiciones de fondo para cambiar el permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo en España en todo caso
- Debe comprobarse que se han completado los estudios. Un estudiante de grado universitario, por ejemplo, que requiere 4 años para graduarse, no podría solicitar el cambio hasta que termine y obtenga el grado.
- Se debe poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, en los casos en que sea procedente (básicamente para las llamadas profesiones reguladas).
- Por último, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
Con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento de Extranjería, ya no es necesario tener al menos 3 años en situación de estancia por estudios en España para cambiar el permiso de estancia por estudios a trabajo.
Sin embargo, se exige que que la persona extranjera no haya sido becada o subvencionada por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación para el desarrollo sostenible o de acción humanitaria españoles o del país de origen. Esto aplica sólo para los permisos de estancia por estudios otorgados a partir del 20/05/2025. Si el permiso cuya modificación se solicita fue otorgado antes, no se requiere cumplir con este último requisito.
¡Cuidado! No todos los permisos de estancia por estudios pueden modificarse a residencia y trabajo
Si bien el nuevo Reglamento de Extranjería 2025 establece un elenco más o menos amplio de estudios para los que puedes solicitar el permiso de estancia, no todos ellos te permiten luego modificar a permiso de residencia y trabajo.
En efecto, los permisos de estancia que se pueden modificar a residencia y trabajo son:
- Estudios superiores.
- De educación post-secundaria (bachillerato y FP de grado medio).
- Aquellos dirigidos a obtener un certificado de aptitud técnica o habilitación profesional.
- Los conducentes a un certificado de profesionalidad.
- Estudios de formación sanitaria especializada, como el de médico interno residente (MIR), por ejemplo.
Requisitos adicionales para cambiar el permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo en España, si se trata de un trabajo por cuenta ajena
En este caso es fundamental presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que contenga las siguientes cláusulas:
- Debe ser indefinido.
- La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la retribución deberá ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual. Debe señalarse expresamente el importe en euros (no basta que el contrato diga “conforme al convenio colectivo”, por ejemplo).
- El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
- Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM (siglas del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) si no hay familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%. Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional. El IPREM para 2025 ha sido fijado en 8.400,oo euros anuales.

Requisitos adicionales para cambiar el permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo en España, si se trata de un trabajo por cuenta propia
Si piensas trabajar como autónomo, es decir, por tu cuenta (caso frecuente para los profesionales liberales, por ejemplo), deben cumplirse ciertos condicionantes:
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
- Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
- Acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
Quién debe presentar la solicitud para cambiar el permiso de estancia por estudios a permiso de trabajo en España, dónde se presenta y cuándo
Si se trata de una autorización de trabajo por cuenta ajena, puede presentarla indistintamente el empleador o el ciudadano extranjero, en la oficina de extranjería de la provincia donde se vayan a prestar los servicios (no en donde resida el estudiante). Si la empresa tiene centros de trabajo en más de una provincia y más de 500 trabajadores, en la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Migraciones.
En el caso de una autorización de trabajo por cuenta propia, la solicitud la presenta el propio interesado, también en la oficina de extranjería de la provincia donde vaya a prestar sus servicios (independientemente de dónde esté empadronado).
En Cataluña, en ambos casos (trabajo por cuenta ajena o propia), la solicitud se presenta ante la Generalitat, pues se trata de una competencia que el Estado le ha transferido.
Las solicitudes deben presentarse dentro de los dos meses previos o los tres meses posteriores a la extinción de la autorización de estancia por estudios o actividades formativas o a la obtención de la titulación o el certificado correspondiente a los estudios o formación realizados.
Una vez admitida a trámite la solicitud y hasta que se resuelva el procedimiento, la autorización de estancia y, en su caso, la de los familiares, adquirirá el carácter de autorización provisional de residencia y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia o de residencia con excepción de la autorización de trabajo. La denegación de la solicitud supondrá la automática pérdida de vigencia de la autorización provisional, sin necesidad de pronunciamiento administrativo expreso.
vigencia de la autorización de residencia y trabajo
La vigencia de la nueva autorización de residencia y trabajo será de un año, pudiendo ser renovada (la renovación tendrá una duración de 4 años).
El caso de los familiares
Si el solicitante que desee cambiar el permiso de estancia por estudios al permiso de trabajo tiene familiares que actualmente estén conviviendo con él como familiares de estudiante, estos pueden obtener una autorización de residencia por reagrupación familiar.
Pago de tasas:
En el caso de modificación a permiso de trabajo por cuenta ajena, debe pagarse tanto la tasa por residencia como la tasa de trabajo. en el caso de ser por cuenta propia, sólo la tasa por residencia.



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