Tipos de arraigo en España para obtener el permiso de residencia

Tipos de arraigo en España para obtener el permiso de residencia
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Te explicamos los 4 tipos de arraigo que permiten la regularización de un ciudadano extranjero que se encuentre en España

En contraste con otros países de la Unión Europea, España sí contempla varios mecanismos, diferentes a los tradicionales visados de trabajo, de residencia no lucrativa, de emprendimiento, etc., que permiten obtener un permiso de residencia (e incluso, de trabajo) si cumples con algunos requisitos; son los diferentes tipos de arraigo.

Están incluidos dentro de los permisos por circunstancias excepcionales y están previstos de manera general en la Ley de Extranjería y, en forma detallada y concreta, en su Reglamento.

Los tipos de arraigo en España son 4: laboral, social, familiar y para la formación, como detallamos a continuación.

Qué es el arraigo laboral

Es un permiso de residencia y trabajo que se otorga a los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años, que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses, y que se encuentren en situación de irregularidad en el momento de la solicitud.

Se trata de una de las figuras con más controversia en términos de interpretación por parte de las autoridades de inmigración y los juzgados, con posiciones contrarias en cuanto a cómo probar la existencia de las mencionadas relaciones laborales previas, que es el elemento característico de este tipo de arraigo.

Te explicamos en detalle en qué consiste este arraigo en nuestros artículos “Arraigo laboral en el nuevo Reglamento de Extranjería, 3 cambios importantes” y “Cómo obtener el permiso de residencia en España por arraigo laboral”.

Tipos de arraigo: el arraigo social

Este ha sido tradicionalmente el mecanismo más utilizado por los extranjeros que se encuentran en España en situación irregular. Te lo otorgan si acreditas la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años, si careces de antecedentes penales en España y en tu país de origen o en el país o países en que hayas residido durante los últimos cinco años, posees una oferta de trabajo (o demostración de recursos económicos) y tienes familiares residentes en España (o cuentas con un informe de inserción social).

La mayor dificultad que existía antes de la reforma del reglamento eran las condiciones que se establecían para el empleador, en cuanto a demostrar su capacidad económica para contratarte. En teoría, este requisito se ha suavizado.

Puedes encontrar una explicación detallada sobre este tipo de arraigo en nuestros artículos “Cómo obtener la residencia en España por arraigo social” y “4 formas de adquirir el arraigo social”.

tipos de arraigo

Arraigo familiar, otro de los tipo de arraigo en España

Se trata de una figura que está vinculada a la existencia de un nexo familiar o de vinculación con un ciudadano/a español/a. A su vez, existen varios supuestos diferenciados:

a) Los casos de padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española, siempre que la persona progenitora o tutora solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo.

b) Cuando se trate de persona que preste apoyo a una persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante que presta dicho apoyo tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.

c)Si se trata del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española. También cuando se trate de ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.

d)Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Los casos mencionados en los puntos b) y c) se incorporaron recientemente en la reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería. En el caso de los mencionados en el punto c), anteriormente se tramitaban como tarjeta de residencia de familiar de comunitario.

Te ofrecemos un análisis detallado de este tipo de arraigo en nuestros artículos “Cómo obtener la residencia en España por arraigo familiar” y “Residencia para familiar de español: ¿arraigo o tarjeta comunitaria?»

Por último, el arraigo para la formación

Este tipo de arraigo es muy reciente, pues se incluyó en la reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería de mediados de 2022. Tiene varias particularidades, pues, en primer lugar, te otorga sólo un permiso de residencia.
La finalidad de este tipo de arraigo es que puedas realizar determinados estudios en España, vinculados a la obtención de un empleo al finalizar la formación.
Los requisitos fundamentales es que hayas vivido en España al menos 2 años en forma continuada, que te encuentres en situación irregular, que carezcas de antecedentes penales, y que te comprometas a realizar una formación reglada.
Puedes consultar todos los detalles de este tipo de arraigo, así como el procedimiento, en nuestro artículo “Arraigo para la formación”.

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