¿Me pueden quitar la nacionalidad española por residencia?

¿Me pueden quitar la nacionalidad española por residencia?
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Te explicamos si es o no posible revocar, es decir, quitar la nacionalidad española, que obtuviste por residencia

Durante los últimos meses, unos partidos políticos de extrema derecha han incluido dentro de su programa de gobierno, como una de muchas otra medidas contra los inmigrantes (a quienes consideran culpables de los males del país), la revisión de las nacionalidades por residencia concedidas en los últimos años, a los fines de revocarlas, esto es, quitar la nacionalidad a muchos de los cerca de 2 millones de personas que la han obtenido.

Más allá de las exageraciones de este discurso xenófobo y demagógico, que esconde un gran peligro para la democracia, es importante que tengas presente que eso es posible, aunque cumpliendo determinados requisitos.

Pérdida de la nacionalidad por residencia según el Código Civil

A-No utilización

Como explicamos en nuestro artículo “Por qué motivos puedo perder la nacionalidad española”, si la has adquirido por residencia, puedes perderla si no la utilizas durante un periodo de al menos 3 años. Si, por ejemplo, regresas a tu país de origen y en todas tus actuaciones utilizas la nacionalidad de origen.

En este caso, para evitar la pérdida bastaría, por ejemplo, que mantengas y renueves la documentación española, que viajes con el pasaporte español, y que votes en las diferentes elecciones españolas (a través del consulado o por correo, según el caso).

B-Servicios a gobiernos extranjeros

Si “entras voluntariamente al servicio de las armas o ejerces cargo político en un Estado extranjero contra la voluntad expresa del gobierno español”. Se insiste en que en este caso tiene que haber una prohibición expresa del gobierno español.

C-Falsedad, ocultación o fraude en el proceso de adquisición de la nacionalidad

Esto puede producirse si has presentado documentos falsificados, si has usurpado la identidad de otra persona, etcétera.

En este caso, siempre es necesario que la revocación sea declarada en un proceso judicial.

Dicha nulidad puede ser solicitada por el Ministerio Fiscal (de oficio o por denuncia), y el plazo para intentarla es de 15 años.

También puede solicitarla a un juez la propia administración que la otorgó (el Ministerio de Justicia), pero para ello tiene que iniciar previamente un procedimiento administrativo de revocación por lesión, dentro de los 4 años siguientes al otorgamiento de la nacionalidad.

Pasados estos plazos, no es posible que te quiten la nacionalidad por estos motivos, por más grave que haya sido la falsedad, ocultación o fraude.

¿Me pueden quitar la nacionalidad por cometer un delito?

Es falso que actualmente puedan quitar la nacionalidad por residencia si la persona comete algún delito, ni siquiera uno grave. No obstante, ten en cuenta que los partidos de ultra derecha insisten en que incluirán esta causal en futuras leyes, de ganar las elecciones.

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