5 cambios en los trámites para obtener la nacionalidad española





Te explicamos cinco cambios que facilitan el proceso para obtener la nacionalidad española.
El 11 de octubre ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Orden del Ministerio de Justicia 1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos para obtener la nacionalidad española por residencia. Se trata, a su vez, de un desarrollo del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, contentivo del Reglamento que regula el citado trámite.
La orden, como no podía ser de otra forma, repite la mayoría de las normas del Reglamento, manteniendo la preferencia por el trámite online y que te explicamos paso a paso en en el siguiente enlace: tramitar la nacionalidad española por Internet. Sin embargo, hay algunos detalles adicionales que vale la pena mencionar:
1-Información adicional para obtener la nacionalidad española
Insiste en que el interesado en obtener la nacionalidad española autorice expresamente al Ministerio de Justicia (marcándolo en la casilla correspondiente) para recabar directamente cierta información de otros órganos del Estado español.
También era así en el procedimiento anterior (para el caso de los antecedentes penales y el los certificados de conocimiento de la lengua española y de la cultura y Constitución de España). Pero ahora la lista se expande, para incluir los siguientes:
- un informe preceptivo del Ministerio del Interior de que se cumple con los requisitos del artículo 22 del Código Civil (buena conducta cívica e integración en la sociedad española).
- un informe del Centro Nacional de Inteligencia respecto de su ámbito competencial propio.
- Cualquier otro informe de la Administración Pública que considere necesario el Ministerio de Justicia.
Como vemos, la redacción de esta norma deja al solicitante ante cierta indefensión, pues le permite al ministerio que en la práctica establezca requisitos adicionales sobre los cuales el solicitante de la nacionalidad no tiene control o capacidad de refutarlos si son negativos.
2-Suficiencia del idioma
Amplía la posibilidad de demostrar la suficiencia del idioma para quien desee obtener la nacionalidad española, sin necesidad de presentar el examen ante el Instituto Cervantes, a quienes posean determinados certificados expedidos por otras autoridades educativas españolas. Los nacionales de países hispanoamericanos siguen estando también exentos de presentar dicho examen.
3-Dispensa de las pruebas DELE y CSSE
Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de las pruebas de idioma y de cultura española al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente.
Igualmente, podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Ambos extremos deberán acreditarse mediante la oportuna documentación incorporada al expediente.
Ver más: Explicación en detalle sobre quiénes están exentos de presentar los exámenes para la nacionalidad española.
4- Antecedentes penales
En el caso de los antecedentes penales del país de origen de quien solicita obtener la nacionalidad española, amplía la validez de estos a 6 meses (antes era de 3 meses).
5-Registro de la nacionalidad
Los Registros Civiles deberán inscribir la nacionalidad dentro de los 5 días hábiles siguientes a su concesión y jura. Recordemos que había casos de ciudades y pueblos en los que esto estaba tomando hasta un año. En este sentido, es un cambio favorable para el solicitante.
Más rápido y más claro imposible. Estoy seguro que serán muy útiles estas notas para muchos aspirantes a obtener la nacionalidad.
Estimado Sr. Martínez Lema,
Muchas gracias por el comentario. Espero que mis artículos le sean de utilidad. Un saludo.
Buen dia. Dr podria aclararme lo siguiente : soy esposa de español, casada en Venezuela , ya inscribimos el matrimonio aqui en el consulado peroaun no ha llegado el libro de flia. Para irme a españa sola debo llevat carta de invitación. por cuanto tiempo máximo me pueden hacer la invitación, ya q mi esposo puede irse hasta dentro de 2 meses. Y debo llevar el dinero correspondiente a 65€ diarios porel ttiempo q diga la carta ? Orienteme por favor
Hola, María. Si no viajas con tu esposo español, ni él está en España antes de que tú viajes, efectivamente tendrías que ir como turista. Recuerda que así puedes estar en España como turista hasta 90 días, aunque tu pasaje y la carta de invitación digan, por ejemplo. 15 días. Eso sí, si la carta dice 15 días, debe coincidir con la fecha de regreso del pasaje y poder demostrar los 63,33 euros diarios por cada uno de esos días (en caso de 15 días= 950 euros). Las personas que han viajado últimamente me han dicho que sólo les han revisado la carta de invitación -o reserva de hotel- y el pasaje de regreso, pero nunca se sabe si a ti te toca un funcionario que además te pida la justificación de que cuentas con los 950 euros.
María: también es importante que tu esposo viaje a España antes de los 3 meses de que tú hayas llegado, y pidan la cita para la tarjeta de residencia de familiar comunitario antes de que venzan esos 3 meses, para que no tengas ningún inconveniente desde el punto de vista práctico.
Excelente su explicacion… Me gustaria me asesore un poco al respecto del siguiente caso…. Mi esposo es nacido en venezuela hijo de judios serfadies nacidos ambos padres en Tetuan (Españoles los dos) como seria el procedimiento para solicitar la nacionalidad española? Gracias por su atencion.
Gracias, Emma. Puedes ver el esquema general en el siguiente link: https://romuloparraabogado.com/como-obtener-la-nacionalidad-espanola-si-eres-judio-sefardi
Sin embargo, cada caso tiene sus particularidades y requiere un análisis personalizado. Puedes contactarme por cualquiera de las formas que se indican en mi página de contacto: https://romuloparraabogado.com/contacto
Un saludo
Disculpe mi hija tiene año y medio en Barcelona! Es venezolana y no tiene papeles, ¿en cuanto tiempo puede pedirla si se pide por arraigo familiar de mi tia que si es ciudadana española? y si ella se muda de casa de mi familiar, ¿no podrìa pedirla? Gracias.
Hola, Nathalie. En principio no puede pedir arraigo familiar (es para descendientes o ascendientes de español, no para familiares por línea colateral -tíos, hermanos). No obstante, podría pedir arraigo social cuando tenga al menos tres años y cumpla ciertos requisitos adicionales. Para una consulta más detallada, tendría que contactarme. Mis datos de contacto están en este link: https://romuloparraabogado.com/contacto
Saludos y gracias por el artículo por demás interesante. Pregunto cuánto es el tiempo que se debe esperar luego de tener la residencia (entiéndase Nie/Tie) si eres conyugue de un
español. Para iniciar el trámite de la nacionalidad española. Gracias y Saludos
Hola, José Javier. Con un año de residencia legal basta para iniciar el trámite si se es cónyuge de español.
buenas tarde mi esposo adquirio la nacionalidad española a traves de su abuela que era española yo estoy haciendo los tramites para anotarme en el libro de familia, tenemos dos hijos ya mayores de edad 24 y 25 habria algina forma de que ellos puedan adquiri la nacionalidad española atraves de su padre vivimos en venezuela
Hola, Adriana. Tu caso es complejo, pues requiere analizar varias circunstancias de hecho. Es mejor que me contactes. Mis datos de contacto están en este link: https://romuloparraabogado.com/contacto
Le felicito por su excelente atención licenciado. Yo vivo en merida Venezuela y en marzo me voy definitivo a España con mi novio que es español vi e en valencia españa que documentación tengo que sacar yo aquí en Venezuela y el halla en valencia españa? Yo soy licenciada en educación integral actualmente trabajo en ipostel voy a renunciar después que me valla a España o que me recomienda usted Yo nací en Barquisimeto será que debo hacer todos los trámites de documentación en Barquisimeto? Con que carta debo llegar a España de invitación por mi novio o como turista? El me está ofreciendo matrimonio que documentos debo llevar o sacar aquí en caso de que halla boda?
Hola, Ninoska. Tu caso requiere de un informe jurídico completo, que incluya recomendaciones paso paso. Para ese tipo de consultas tendrías que contactarme en privado. Mis datos de contacto estan en este link: https://romuloparraabogado.com/contacto
Saludos, mi difunto (10 años) esposo Español soy Vzla mis hijas y nieto ya tienen Nac. Española pero aun estan aca yo podria optar por Nac. o tendrian q irse mis hijas y solicitarme?
Hola, Rosa.
Desgraciadamente no puedes adquirir la nacionalidad automáticamente por el hecho de ser viuda de un español. Sí puedes obtener la residencia primero y luego la nacionalidad por ser ascendiente de un español (tus hijas). Incluso no sería necesario que ellas vinieran primero (podrías hacerlo simultáneamente) sin se cumplen con determinados requisitos. Para mayor detalle tendrías que contactarme. Mis datos de contacto están en el siguiente link: https://romuloparraabogado.com/contacto
Un saludo.
Muy claro y detallado el artículo gracias. Mi novia es colombiana esta aún con la visa de turista que vence a principios del mes de diciembre del 2016, yo he metido hace unos 3 meses mis papeles de nacionalidad y hace unos 2 los de renovacion y cambio de tarjeta de residencia a la permanente, mi pregunta es si deseo contraer matrimonio con ella, afecta en algo el estado del proceso de mi documentación? y en q afecta o varía q me case antes o después de q su visa como turista venza ??
Hola, Xavier. Te respondo:
1- En cuanto a la nacionalidad, si te casas durante el proceso, en principio tendrías que notificarlo y acompañar la copia del certificado de matrimonio al expediente en curso, pues el estado civil es parte de la información que te solicitan.
2- En cuanto a la solicitud de residencia de larga duración, no tiene efectos que te cases antes o después de obtenerla.
3- Para el caso de tu novia,sí puede tener efectos, dependiendo de qué planes tengan para el futuro y qué tipo de permiso de residencia va a solicitar. Ya esto tendríamos que hablarlo personalmente. Puedes contactarme al teléfono 671 20 27 20 para concertar una cita.
Un saludo.
yo tengo tres añosperarndo y tadabia no tengo nunguna información….
stoy pendiente y siempre sale ..en tramite ……no se asta cuando ay q sperar….
mi hija tiene el mismo problema y ellA ya termino la universidad y nAda q le sale la nacionalidad….
Hola lic.gracias x tenernos informados a los q aspiramos a tener papeles en este país nesecito me asesore respecto a q mi pareja es español tenemos 6 meses de convivencia como tendría yo derecho a tener papeles x medio de el me an informado de pareja de hechos pero no ce a cuanto tiempo se puede aser y q se necesita gracias licenciado espero me ayude .
Hola, Claudia. Primero, tendrían que registrarse en el Registro de Parejas de hecho del municipio donde estén empadronados. Cada municipio tiene su propio régimen en cuanto a cuánto tiempo después de inscritos se puede considerar válida la pareja de hecho (algunos exigen un año, en otros casos es inmediato). Tienes que consultar en tu ayuntamiento.
Recibe un saludo.
Hola. Soy española, adquirí la nacionalidad por mi padre. Es posible que mi madre obtenga la nacionalidad española a través de mi????
Hola, Alejandra. No en forma automática. Lo que sí puede obtener, cumpliendo ciertos requisitos, es la residencia como familiar de un ciudadano comunitario (español) y, luego de dos años de residencia legal (si es latinoamericana), solicitar la nacionalidad española por residencia. Para una asesoría más detallada, te recomiendo me contactes (mis datos están en la página de contacto de esta web).
Un saludo.
hola amigo, muy buena tu información, amigo tengo a mi hermana en españa , ella es venezolana pero también tiene su nacionalidad italiana pero no tiene pasaporte ni nada en España, que debe hacer para sacar sus papeles y estar legal allá? agradezco de antemano su asesoramiento.
Hola, María. Disculpa, pero no entiendo cómo es que no tiene pasaporte ni venezolano ni italiano. ¿Cómo pudo ingresar en España, entonces?
si tiene pasaporte venezolano ,ella entro como ciudadana venezolana , pero su papa es italiano y ella lleva un papel donde indica que es ciudadana italiana ,pero quiere sacar su pasaporte y demas documentos para estar legal alla como italiana. fue al consulado italiano alla y no la atendieron .
Hola, María. Desafortunadamente yo no conozco la legislación italiana sobre nacionalidad. Entiendo por otras personas que para que te atiendan en el consulado italiano debes pedir una cita por Internet. A lo mejor por eso no la atendieron. Por desgracia, para obtener un certificado de registro de ciudadano europeo en España y el NIE, y poder estar totalmente en situación regular, debe presentar documentación de su país de origen (en este caso, Italia). Yo le sugeriría que insistiera en el consulado; otra opción (aunque más complicada) es que viajara a Italia y realizara sus trámites de inscripción en la localidad donde nació su padre (si no lo ha hecho) y tramitara allí el documento de identidad.
Buenas tardes,
Soy Venezolano con 7años en españa y con 3 años (actual) de casado con española. No tengo nacionalidad. Para solicitarla, ¿es posible hacerlo con el pasaporte caducado?, el nuevo no me lo darán hasta dentro de 1 o 2 años (el consulado es muy lento). Mi residencia caduca en 2018.
Hola, Luis. El pasaporte no puede estar caducado, por lo que desafortunadamente tienes que esperar a obtener el nuevo. Cuando puedas solicitar la nacionalidad, recuerdas que hasta que te la concedan tienes que mantener tu status de regular, es decir, renovar la residencia. Un saludo.
Hola buenas tardes excelente información tengo una duda la pregunta es
Mi madre tiene ciudadanía española ella me pidió y yo llegue hace 7 meses me dieron recidencia de familiar comunitario ahora en enero viene mi esposa y mi hija a quedarse 3 meses yo en ese tiempo que ellas estén aquí podría darle papeles de recidencia a mi esposa y a mi hija ? Gracias
Hola, Julián. En principio es muy difícil. Tendríamos que revisar tu caso en detalle, a ver si pudiésemos tratarlo como familia extendida. Ya esto requiere una consulta formal. En este link están mis datos de contacto:
https://romuloparraabogado.com/contacto
Un saludo.
A tenor de la nueva ley, le agradeceré que me diga cuando y como se ha de solicitar la dispensa de exámenes DELE A2 y CCSE.
Se trata de una persona que es Sordomuda y analfabeta total tanto en su idioma de origen como en el idioma Español.
Tiene reconocido el 75% de incapacidad sensorial y psíquica por la Comunidad de Madrid.
Supongo que, como la dispensa es potestativa del Ministerio, debería presentar la solicitud antes que la de Nacionalidad.
No sé si estará ya disponible la forma y manera de solicitarlo.
Gracias por su atención
Hola, Karin.
Efectivamente, la solicitud de dispensa hay que pedirla previamente. Por ahora no hay formularios disponibles, por lo que se trataría de una solicitud que cumpla sencillamente con lo que establece la normativa sobre porcedimientos administrativos (petición dirigida al Ministerio de Justicia, con los datos y dirección de la persona interesada, explicación de lo que se solicita y por qué).
Un saludo.
Buenas Sr. Romulo… Gracias por sus interesantes orientaciones.. no sabe usted de que tan importente es para muchos en que exista y ayudar a una cantidad de personas sin nada a cambio…Dios lo premiara…por Aprovecho la oportinidad para que me explioque q es un residencia por arraigo… Muuchas Gracias y Bendiciones de antemano.
Hola, puedes verlo en este artículo: https://romuloparraabogado.com/residencia-en-espana-por-arraigo-social
Un saludo.
hola; soy retirada del ejercito americano y deseo mudarme con mis hijos 19 y 17 años a España. uno de ellos quiere entrar a la universidad y el otro trabajar en el area de programacion de computadoras. no tengo idea de q tipo de visas sea adecuado para todos.
Hola, Lee. Su caso requiere una consulta personalizada. Mi email es romulo.parra@icag.cat
Un saludo.
Buenas tardes, me gustaria saber si me pueden guiar un poco.
Soy colombiana y mi novio es español, yo viaje a españa este año con carta de invitacion que realizo mi novio,pase en españa 3 meses con el y al cumplir el tiempo de la carta de invitacion regrece a colombia, mi novio vendra a colombia en octubre y nos casaremos aquí, el estara solo unos dias por que su trabajo en.españa no le permite quedarce mucho tiempo, la consukta es la siguiente:
Puedo viajar con mi esposo con el documento del matrimonio debidamente apostillado y hacer el registro del matrimonio para expedir el libro de familia drectamente en españa?
Hay alguna manera en la cual me pueda regresar con el?
Hola, Diana. Sí, si puedes hacerlo, aunque además del certificado de matrimonio es conveniente que tu esposo lleve consigo su constancia de empadronamiento en España. Saludos.
Hola soy cubana vivo en el ecuador tengo residencia quiciera que me ayudaran mis abuelos son españoles que posibilidades ahi de cojer la nacionalidad
Hola,
Para lograr la nacionalidad tendrías que vivir legalmente en España, legalmente, durante por lo menos un año.
Saludos
Hola. Soy colombiano y se me ha cumplido los 90 días. Quiero quedarme. Hay alguien que esta interesado en hacerme contrato pero dice que no se puede por la ilegalidad. Puedes apoyarme? Gracias
Hola, Julián. Efectivamente no es posible. Un saludo.
Hola mi esposo y yo iremos contratados el año que viene si todo sale bien..pero nos dicen que los niños no pueden reagruparse hasta el año..podremos tener problemas al entrar con los nenes siendo los tutores y teniendo permiso de residencia?
mi madre pidio una nacionalidad de matrimonio la pidio en febrero de 2017 cuanto puede tardar como maximo y ella tambien tiene examen como para la nacionalidad para la residencia y si ella tambien tiene cursos como en la nacionalidad de residencia espero tu respuesta y gracias
Hola, puede tardar alrededor de dos años. Saludos.
hola, las personas que han estudiado en españa deben presentar la dispensa de los examenes? y donde se hace esta solicitud si tienen que hacerla?
Hola, Mostafa. Lo explico en este artículo:
https://romuloparraabogado.com/solicitar-la-dispensa-de-los-examenes-para-obtener-la-nacionalidad-espanola
Saludos.