Quiénes están exentos de los exámenes para obtener nacionalidad española





En principio, son dos los exámenes para obtener nacionalidad española por residencia que se deben superar, los cuales son administrados por el Instituto Cervantes. A saber: el diploma de español como lengua extranjera (DELE) -como mínimo de nivel A2- y la prueba que acredite los conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE). No obstante, existen excepciones, como explicamos a continuación.
No presentan ninguno de los exámenes para obtener nacionalidad española
La Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, exime de presentar los exámenes para obtener nacionalidad española (ambas pruebas) a:
- Menores de 18 años.
- Personas con capacidad legal modificada judicialmente.
Adicionalmente, permite solicitar la dispensa de dichos exámenes a:
- Personas que no sepan leer y escribir. Aunque la normativa no lo indica expresamente, se entiende que se aplica a personas mayores, que no aprendieron a leer y escribir en su lengua materna, es decir, analfabetas. Esto aplicaría incluso a personas de los países hispanoamericanos.
- Mayores de 70 años.
- Personas con discapacidad reconocida mayor del 65%.
- Solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria. Tampoco lo dice expresamente la norma, pero implica que debería haber cursado al menos un año de la enseñanza obligatoria (de primaria o secundaria) y haber obtenido el certificado de la E.S.O (educación secundaria obligatoria).
- Quienes hayan cursado y obtenido en España un título oficial de educación media (FP, por ejemplo) o superior (graduado o postgraduado universitario). Debe ser un título oficial, no uno de los llamados «títulos propios».
En todo caso, estas exenciones no son automáticas. Anteriormente, debían solicitarse previamente al procedimiento de nacionalidad, ante el Ministerio de Justicia y sólo una vez que eran concedidas es que podía entenderse cumplido este requisito, que debía anexarse al expediente de nacionalidad.
Actualmente, el Ministerio de Justicia permite que se solicite la dispensa conjuntamente con la solicitud de nacionalidad, acompañando los recaudos demostrativos de la causa de dispensa. En el caso de los estudios, por ejemplo, es necesario acompañar el título oficial, no basta con un certificado del centro educativo.
Exención sólo al examen de idioma (DELE)
A su vez, la normativa señala quienes, además de los indicados anteriormente, no tienen que presentar el examen de idioma español (DELE), aunque sí el CCSE:
1- Los nacionales de los siguientes países:
Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Esta exención es automática, basta señalar en la solicitud de nacionalidad que se es ciudadano de dicho país.
No obstante, para beneficiarse de esta exención, en el caso de no ser una de estas nacionalidades la principal con la que se está identificado ante el Ministerio del Interior, se deberá aportar además pasaporte en vigor del país o certificado consular de reconocimiento de la nacionalidad que no sea principal.
Un ejemplo de este último caso: un ciudadano que tenga doble nacionalidad italiana y española, y esté registrado en España como italiano, para no tener que presentar el DELE si desea nacionalizarse español, deberá acompañar también copia del pasaporte venezolano, o de un certificado del consulado venezolano que señala que posee también dicha nacionalidad.
2- los interesados que estén en posesión de un certificado de nivel básico (A2), intermedio (B1) o avanzado (B2) de las Escuelas Oficiales de Idiomas. Aunque la exención también es automática, el interesado deberá autorizar al Ministerio de Justicia para hacer las comprobaciones necesarias sobre la expedición del certificado en el registro que lleva el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Qué pasa si ya te has inscrito para presentar los exámenes para obtener nacionalidad española
Es importante que si estás en alguno de estos casos y ya te has inscrito para presentar alguno de los exámenes de nacionalidad y optas por no presentarlos, desistas de la prueba ante el Instituto Cervantes. No sólo podrás recuperar en algunos casos la tasa, sino que evitarás que aparezcas en los registros como si no hubieses superado el examen, lo que puede traerte complicaciones.
Link a la Resolución: http://www.boe.es/boe/dias/2016/10/11/pdfs/BOE-A-2016-9314.pdf
Yo soy de. Perú, y trámite la nacionalidad en el 2014 la cual al día de hoy a sido denegada, supongo ahora tendré que dar el examen con la nueva ley, mi pregunta es tendré que dar solo un examen la que vale 85 euros, ya que soy de Perú y hablo castellano
Hola, Daniel. Sí, es sólo un examen, no necesitas presentar el de español. Un saludo.
Si vivo en chile como puedo dar el examen y como puedo adquirir la nacionalidad española cuales son las preguntas para estudiarlas slds
Hola, Juan Carlos. Para adquirir la nacionalidad española por residencia tienes que haber estado viviendo legalmente en España durante al menos dos años. Los sitios en el extranjero donde puedes presentar el examen aparecen en la página web del Instituto Cervantes. Si tienes derecho a la nacionalidad española por tus padres, no hace falta ningún examen.
Un saludo.
y si por ognorancia , no se pidio conservarla. que hago?
Hola, Hilga. Disculpe, pero no he entendido su consulta. ¿Podría aclararla un poco más?
Hola yo presente antes de esta ley , y estuve 10 meses ingresada Có un infarto medular , tengo 60 años y vivo desde el 2016 cómo pude informame y q tiempo demora.
Hola, Juana María.
Si presentaste tu solicitud de nacionalidad por residencia antes de la entrada en vigor de la nueva normativa, no tienes que presentar estos exámenes. Un saludo.
Buenas Noche.. tengo una duda con referente a obtener la nacionalidad
es que mi abuelo era español de nacimiento pero mi madre nunca obtuvo la nacionalidad nosotros somos venezolanos, yo podria obtener la nacionalidad por sus documentos o tendria que hacer el examen??
Estimado Angel, su caso requiere un análisis más detallado. Puede contactarme a través del siguiente link y con gusto le atenderé: https://romuloparraabogado.com/contacto
Un saludo.
Hola es pocible regularizarme con 11 años viviendo en españa??
Hola, Jorge. Sí, es posible si se cumple con otros requisitos. Yo puedo asesorarte en el proceso. Puedes contactarme por el teléfono (y whatsapp) 671202720, o por el email romulo.parra@icag.cat Un saludo.
Felicitaciones por su página directa y clara, soy chileno y casado legalmente en Chile que requisitos debo de presentar para la nacionalidad alentar casado y con hijos en Chile, vivo 15 años es España, muchas gracias
Hola, Keno. Su caso requiere un análisis más detallado. Puede contactarme a través del siguiente link y con gusto le atenderé: https://romuloparraabogado.com/contacto
Un saludo.
soy persona con dificultades de aprendizaje, como puedo tener exentos
Hola, Ali,
Se explica en el artículo. Un saludo.
hola es verdad que estando casada con un español y tengo hijos español estoy exenta dr presentar el examen
Hola, Luisa. No, no es verdad. En tu caso igual tienes que presentar el examen. Un saludo.
Sr Parra, llegue a España el 28 de enero del 2015,me casé en junio del mismo año con una ciudadana española,recién en enero de este año obtuve el NIE,puedo ahora solicitar la nacionalidad española? Y donde hago el trámite? Muchas gracias por su respuesta
Hola, Lorena. Hasta que no tengas un año con el NIE no podrás solicitar la nacionalidad española. Puedes ver el procedimiento en el siguiente link:
https://romuloparraabogado.com/tramites-para-solicitar-nacionalidad-espanola-por-internet
Un saludo.
una pregunta , usted responde las consulta , porque le he hecho dos veces la misma pregunta y no me responde de ninguna forma ni medio,
pienso solicitar mi nacionalidad española con mas de 10 años de residencia y con documentación, soy casado en Chile debo de presentar un documento que acredite me compromiso matrimonial o algún tipo de permiso especial ante de iniciar este procedimiento , muchas gracias
Hola, Kenzo. Tiene que presentar la partida de matrimonio legalizada y apostillada. Puede ver un resumen del procedimiento para solicitar la nacionalidad acá:
https://romuloparraabogado.com/tramites-para-solicitar-nacionalidad-espanola-por-internet
Yo puedo asesorarle durante el proceso. Un saludo.
Hola soy peruano. Espero q me responda. Porque mi otro compatriota le pregunto y veo q no le respondió. MI PREGUNTA ES YO TENGO 9 años en España mis hijo nacido en España. Porque no le dan la nacionalidad si es nacido en mataro . Gracias
Hola, Genrry. ¿Que nacionalidad tiene el otro progenitor?
hola buenas nesecito una información yo presente los documentos de la nacionalidad en diciembre del 2015 y la prueba y salí apto pero a mi no me a llegado número de expediente quisiera saber que puedo haser porq
Hola, Aracely. Cuando presentó por Internet la solicitud y los documentos tendría que haberle dicho el sistema que estaba correctamente ingresado y haberle dado un justificante de registro. Ese justificante tiene un número, que empieza por R y que puedes introducir en la siguiente dirección:
https://sede.mjusticia.gob.es/eConsultas/inicioNacionalidad
Allí te dirá en qué estado está la solicitud. Un saludo.
quise enviarlo en privado.
Hola soy rumana,tengo 14 años en españa,una niña de nacionalidad española y trabajo como vigilante de seguridad de 9años,necesito hacer estos examenes?
Hola vivo en Buenos Aires, Argentina y tengo 77 años, yo desearía avriguar si tengo que dar el examen de CCSE porque creo que estoy exenta por la edad. Gracias
Liliana
Hola, Liliana. La edad de por sí no es causa de exención del examen.Tendría que alegar y demostrar dificultades de aprendizaje, lo cual debe además ser aprobado por el Ministerio de Justicia. Un saludo.
BUENA TARDE DON ROMULO PARRA. INTERESANTE SUS COMENTARIOS.
MI CASO PIENSO SERÁ SENCILLO. TENGO CINCO AÑOS LEGAL EN ESPAÑA. SOLICITÉ MI NACIONALIDAD EN PUERTO DE LA CRUZ TENERIFE EN DICIEMBRE DE 2014. HOY POR FIN ME DIERON NÚMERO DE EXPEDIENTE. DICE QUE ESTÁN A LA ESPERA DE INFORMES PRECEPTIVOS, NO SE QUE SERÁN? TENGO 63 AÑOS, DOS HIJOS NACIONALIDOS HACE MUCHOS AÑOS Y 3 NIETOS ESPAÑOLES.REZANDO A MI DIOS QUE ME DEN MI NACIONALIDAD. SOY VENEZOLANA, JUBILADA. GRACIAS SI ME DA ALGUNA ORIENTACIÓN.
Hola, Elizabeth. Los informes son un trámite interno. En algunos casos la pueden citar en la Comisaría de Policía para hacerle unas preguntas rutinarias. ¿Sigue teniendo la misma dirección? No se preocupe. Un saludo.
Hola, Hace unos dias que tengo el numero de expediente (yo presente para la nacionalidad Diciembre 2014)pero todos los tramites los hice en La Coruña y ahora vivo en Madrid desde hace mas de un año, ¿que debo hacer para continuar con todo por aqui en madrid?. gracias de antemano por su ayuda un saludo
Hola, Eduardo. Si ya hizo los trámites lo único que tiene que hacer es revisar periódicamente el estado de su solicitud por internet, no importa que ahora viva en Madrid.
Tengo tarjeta comunitaria y quiero solicitar la nacionalidad española , todos mis estudios hasta el bachillerato los he cursado en España es necesario presentarme a examen
Hola, Andrea. Puede solicitar una dispensa, pero debe hacer una petición formal al Ministerio de Justicia.
Saludos.
Hola yo quiero saber si debo hacer el examen presente mi nacionalidad el 23de septiembre del 2014 gracias un saludo
Hola, esta regulación no aplica a casos presentados antes de la vigencia de la normativa. Saludos.