Documentos que debes presentar para solicitar la nacionalidad española por residencia

Documentos que debes presentar para solicitar la nacionalidad española por residencia
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Listado y explicación de los documentos que debes acompañar al solicitar la nacionalidad española por residencia

En artículos anteriores hemos explicado los requisitos de fondo para solicitar la nacionalidad española por residencia. A continuación detallamos qué documentos exactamente debes aportar para demostrar el cumplimiento de los citados requisitos:

I-Documentos que se han de acompañar en todo caso para solicitar la nacionalidad española por residencia:

A-Que han de escanearse obligatoriamente:

  1. Modelo de solicitud.
  2. Pasaporte completo y en vigor del país de origen. No se exige, como en otros casos, que tenga una vigencia posterior mínima.
  3. Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido (si es el caso), legalizado y apostillado. No se exige, como en otros casos, que tenga una vigencia posterior mínima.
  4. Certificado de antecedentes penales de su país de origen, debidamente traducido (si es el caso), legalizado y apostillado. No debe tener una antigüedad mayor de 6 meses al momento de presentar la solicitud.
  5. Certificado de matrimonio del lugar de celebración en el caso de las personas casadas (aunque no esté casado con ciudadano español). Si se celebró en el extranjero, debe estar debidamente traducido (si es el caso), legalizado y apostillado. No se exige, como en otros casos, que tenga una vigencia posterior mínima.
  6. Justificante del pago de la tasa.

B- Que pueden escanearse si lo deseas, o autorizar la consulta al Ministerio de Justicia, señalándolo expresamente en la solicitud:

  1. Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
  2. Certificación de antecedentes penales del Registro Central de penados de España.
  1. Certificado de empadronamiento.
  2. Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.

II- Documentos adicionales en caso de menores de edad o personas con capacidad modificada judicialmente que deseen solicitar la nacionalidad española por residencia:

A- Si son menores de 14 años o mayores con la capacidad modificada judicialmente que deban actuar a través de representante legal:

La solicitud debe ser firmada por los representantes legales.

  1. Autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor o persona con capacidad modificada judicialmente (artículos 21.3 y 20.2a del Código Civil y 4.3 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1004/2015).
  2. Documento de identificación del representante o representantes legales.
  3. Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración, obligatorio en el caso de niños en edad escolar.

B- Si son mayores de 14 años pero menores de 18 años, no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que puedan actuar por sí mismos asistidos por su representante legal:

La solicitud debe ser firmada tanto por el interesado como por los representantes legales.

  1. Certificado de centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración.
  2. Documento acreditativo de la representación legal (Auto judicial donde se establezca la representación o documento de identificación de los padres en el caso de menores sujetos a la patria potestad).

III- Documentos adicionales para solicitar la nacionalidad española por residencia en determinados casos concretos, dependiendo del supuesto.

A- Casado con ciudadano español

  1. Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por Registro civil español.
  2. Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil español.
  3. Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge.

B- Descendiente de español

  1. Certificación literal de nacimiento del padre/madre español, expedido por el Registro Civil español.
  2. Certificado literal de nacimiento abuelo/abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes españoles. En este caso, deberá presentarse también la certificación de nacimiento del padre/madre descendiente de español, aunque él/ella haya sido o no español.

C- Nacidos en territorio español.

-Certificación de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español.

D- Personas en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional.

1- En los casos de acogimiento familiar:

-Auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.

2- En los casos de acogimiento por Institución española:

-Resolución de dicha Institución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento.

E- Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de optar.

1-Certificación de nacimiento del padre/madre español.

2-Certificado de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil español o resolución judicial donde conste la adopción por español o el reconocimiento de la filiación.

F- Refugiados.

  1. Tarjeta de Identidad de extranjeros donde conste su condición de refugiado.
  2. Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951 (si lo tiene).
  3. Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior (este certificado tendrá una validez de seis meses desde la fecha de su expedición) donde conste: nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres, y que mantiene su condición de refugiado.

G- Sefardíes:

-Documentación acreditativa de la condición de sefardí conforme a lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

H- Viudo de ciudadano español:

  1. Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por Registro civil español.
  2. Certificado de matrimonio expedido por Registro civil español actualizado, esto es, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad (no más de 6 meses).
  3. Certificación de defunción del cónyuge.
  4. Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.

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12 comentarios en «Documentos que debes presentar para solicitar la nacionalidad española por residencia»

  1. Hola buenos dias Romulo,1 pregunta nosotros vivimos en argentina y mi marido es nieto por los 4 abuelos españoles desde aca se puede hacer la nacionalidad española.
    Nosotros ya vivimos en España desde el 2006 asta el 2013 con nuestra recidencias mis hijos menores estudiaron Primaria,ESO y administracion de empresa hay pocibilidades de que a ellos les den tambien la nacionalidad desde argentina. Desde ya muchas gracias

  2. Hola Romulo, buenas noches. Te queria preguntar, yo soy española, estoy casada con un venezolano radicado en España. Una vez que el cumplio 1 año de residencia legal en España como mi marido introducimos la solicitud de nacionalidad española. Todos los documentos estaban vigentes, pero mi pregunta es, su pasaporte venezolano debe estar vigente para el momento en el que salga la resolucion? cuando hicimos la solicitud estaba vigente, nuestro temor es que para cuando salga la resolucion este ya vencido. Hicimos la solicitud en diciembre de 2016 y el pasaporte se le vence en enero de 2010. Grcias de antemano.

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