Estancia de estudios en el nuevo reglamento de extranjería





Te explicamos todos los detalles de la autorización de estancia de estudios en España para extranjeros, de acuerdo con las importantes modificaciones que introduce el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, y que entran en vigor el 20 de mayo de 2025. Puedes consultar el régimen que estará vigente hasta el 19 de mayo de 2025 en este enlace.
Estancia de estudios: admisión y recursos económicos
Aparte de ciertas formalidades, como presentar una solicitud en un impreso preestablecido ante el consulado español de tu país de residencia y poseer un pasaporte con vigencia mínima para el periodo de estudios, para estudiar en España es necesario satisfacer tres requisitos de fondo verdaderamente importantes:
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El primero es haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios. Más adelante te explicamos qué tipo de estudios califican (pues el nuevo reglamento los limita considerablemente en comparación con el régimen anterior). Deberás contar con la constancia de dicho centro que demuestre el cumplimiento de este requisito (incluyendo el pago de la matrícula). Los estudios deben ser presenciales o en modalidad híbrida, no pueden ser exclusivamente online.
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El segundo es contar con medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país. En principio, para tu sostenimiento, mensualmente, debes justificar recursos equivalentes al 100 % del IPREM, que asciende a 600 euros mensuales, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia. En un apartado de este artículo hablaremos en detalle cómo justificar los medios económicos.
- Por último, debes contar con un seguro de enfermedad, concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, con prestaciones similares a las concedidas por la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, válido para la duración de la estancia prevista. Entre otros aspectos, en la práctica exigen que la póliza no tenga copagos, y que los tiempos de espera sean razonables.
Estancia de estudios: otros requisitos
En caso de que la estancia de estudios vaya a ser mayor a 6 meses, deberás presentar adicionalmente un certificado de antecedentes penales del país o países donde hayas residido durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud del visado. Y un certificado de que no padeces ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Visado y autorización de estancia de estudios: Qué estudios puedes cursar
El nuevo reglamento de la Ley de Extranjería restringe el tipo de estudios que se pueden cursar en España para solicitar el visado y autorización de estancia de estudios. De acuerdo con los artículos 34.1 y 52.1 de dicho reglamento, dichos estudios son sólo los siguientes:
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Estudios superiores. Estos incluyen tanto los universitarios (grado, máster, doctorado, y títulos propios), como los de formación profesional de grado superior (incluyendo los artísticos, deportivos e idiomas).
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Estudios de educación secundaria postobligatoria, es decir, bachillerato y formación profesional de grado medio.
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Participación en un programa de movilidad de alumnos con el fin de seguir un programa de enseñanza secundaria obligatoria o postobligatoria. Se trata de los llamados programas de intercambio de alumnos, que debe estar gestionado por el centro educativo y cumplir ciertos requisitos.
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Realización de las siguientes actividades formativas (sólo las que se mencionan a continuación):
a. Funciones como auxiliares de conversación extranjeros en centros educativos españoles inscritos en el Registro estatal de centros docentes no universitarios o en los registros oficiales correspondientes.
b. Enseñanzas de estudios idiomáticos del castellano o de las lenguas cooficiales en España impartidas, de forma presencial, en las escuelas oficiales de idiomas o en centros acreditados en España por el Instituto Cervantes o por el organismo público análogo de la correspondiente lengua cooficial, siempre que no se trate de la lengua materna o la lengua oficial del país del que sea nacional la persona extranjera.
c. Cursos preparatorios para las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada (el caso de los programas de médico interno residente, MIR, por ejemplo).
d. Realización de una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional según la relación de actividades formativas, duración y condiciones que se establezcan por Resolución del Órgano competente.
e.Realización de una formación completa, ni modular ni parcial, en un centro de enseñanza autorizado en España, conducente a la obtención de certificados profesionales de las ofertas del sistema de formación profesional de grado C, en sus niveles 2 y 3, con los requisitos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y su normativa de desarrollo.
Estudiar en España: ¿Se puede trabajar?
La respuesta es sí, pero con condiciones, dentro de las que destacan dos que son fundamentales, a saber:
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Las actividades laborales deberán ser compatibles con la realización de los estudios, por lo que en principio deben ser a tiempo parcial, con un máximo de 30 horas semanales.
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Además del visado o permiso de estsancia de estudios, hace falta un permiso especial, que deberá solicitar la empresa que te contrata, quien a su vez deberá estar inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y acreditar medios económicos, materiales o personales suficientes para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato.
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En el caso de estudios superiores, la autorización de estancia por estudios contiene automáticamente una autorización para trabajar. Es decir, en este caso no es necesario tramitar el permiso de trabajo.
La modificación al reglamento de la Ley de Extranjería de 2022 concedía este permiso también a quienes cursaran otro tipo de estudios (FP de grado medio, formación para el trabajo, etc.), como explicamos en el artículo que puedes ver en este enlace. Ignoramos las razones por las cuales el nuevo reglamento eliminó el permiso automático en estos casos. Creemos que la eliminación no se justifica.
Estancia de estudios: Cómo justificar los medios económicos
Pueden ser medios propios (ahorros) o de familiares (en cuyo caso deberá constar el compromiso de esos familiares de cubrir los gastos. Además se tendrán en cuenta los recursos procedentes, entre otras fuentes, de subvenciones, ayudas y becas, un contrato de trabajo válido o una oferta de empleo en firme cuando la autorización habilite a trabajar, o una declaración de toma a cargo por el centro de enseñanza responsable del programa de intercambio de alumnos en el caso de movilidad.
Estudiar en España: familiares
Si deseas venir a estudiar a España, puedes conseguir también un visado de estancia para tus familiares, pero sólo si vas a realizar estudios superiores o estudios de formación sanitaria especializada (como el el caso del programa de Médico Interno Residente, MIR). También se trata de una nueva restricción del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería. En efecto, en el régimen anterior, la posibilidad de agrupar a familiares estaba prevista para cualquier tipo de estudios.
Los familiares que podrían beneficiarse de este visado son: tu cónyuge o pareja de hecho, y tus hijos menores de 18 años o que siendo mayores posean una discapacidad que les impida proveer a sus propias necesidades.
No obstante, para obtener dichos visados deberás justificar que posees medios económicos suficientes. Así, además de justificar que tienes como mantenerte, deberás probar que puedes cubrir al menos gastos mensuales de 420 euros por el primer familiar, y 300 euros por cada uno de los familiares restantes.
El visado o permiso de estancia para los familiares no les permite trabajar en España.
Estancia de estudios: cómo, dónde y cuando tramitar la solicitud
En principio, la solicitud de visado de estancia de estudios debe presentarse ante el consulado de España del lugar donde estés residiendo legalmente. Sólo puede presentarse en España (ante la oficina de extranjería donde vayas a cursar los estudios) si te encuentras físicamente en España y posees un permiso de residencia en vigor, o, únicamente en el caso de los estudios superiores, si estás en España regularmente (si no necesitas visado, y te encuentras en España como turista, por ejemplo). En estos dos casos últimos casos, deben quedarte al menos dos meses de vigencia de la residencia o estancia.
Las solicitudes para estancia de estudios, en todo caso, deben presentarse con una antelación mínima de dos meses previos al comienzo de los estudios.
Estudiar en España: otros aspectos a tomar en cuenta
Un hecho que tienes que tomar en cuenta si deseas obtener una estancia de estudios en España es que si cumples con los requisitos obtendrás un visado de estudios, que a su vez es una autorización de estancia. ¿Qué implicaciones tiene esto? Que con un visado o permiso de estancia por estudios, aunque estés legalmente en el país, ese tiempo no se te computa como residencia legal (para ello tienes que contar con un permiso de residencia, no de estancia). Ello es importante, pues dicho tiempo no califica para solicitar la nacionalidad por residencia, por ejemplo.
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