Los 8 motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia

Los 8 motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia
Tener antecedentes es uno de los motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia.
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Los motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia son los que exponemos a continuación.

  • Poseer antecedentes penales en España o en el país de origen

Como sabemos, es un requisito fundamental el no tener antecedentes por delitos. Aunque dichos antecedentes deberían “desaparecer” luego de un tiempo de cumplida la condena, en algunas oportunidades esto no sucede.

Por ello debes constatar que se han eliminado y si no, solicitarlo expresamente antes de presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia (en el caso que los tuvieras).

  • Poseer antecedentes policiales en España

Aunque no es un requisito expresamente establecido por la normativa sobre nacionalidad, el poseer antecedentes policiales en España, es considerado por el gobierno como una “mala conducta cívica”, que sí es causa de denegación expresa.

Estos antecedentes incluyen cualquier denuncia o parte policial en el que hayas estado involucrado, aunque el asunto fuera archivado y ni siquiera llegara a tribunales (por ejemplo una discusión con vecinos, una infracción administrativa a nivel local por consumir marihuana en la vía pública, etc.).

Tienes derecho también a que los antecedentes policiales sean eliminados, previo el trámite correspondiente.

  • Presentar antecedentes penales, del país de origen, caducados

Este es uno de los motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española. Pueden darse dos situaciones, que el certificado señale una fecha de caducidad o que no. En este último caso, la normativa española le da una validez de seis meses para tramitar la nacionalidad española por residencia.

  • No acreditar el tiempo de residencia en España

Como sabemos, es un requisito esencial residir legalmente en España durante determinado tiempo para poder solicitar la nacionalidad española por residencia.

Este período de tiempo depende de diversas circunstancias: se exige, en general, 10 años; 5 años para quienes tengan la condición de refugiados, 2 para los ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, al igual que para judíos de origen sefardí. Y un año para quien haya nacido en España, personas casadas con un español, o el nacido fuera de España de padres o abuelos originariamente españoles.

  • Confundir la estancia con residencia

Por un lado, la residencia tiene que ser legal. Es decir, no se cuentan los años que hayas estado en situación irregular. Pero tampoco se cuentan los que estés en situación de estancia, esto es, como turista o como estudiante.

En el caso de los estudiantes, es frecuente cometer ese error, especialmente porque hasta el 2012 la interpretación de algunos registros civiles era computar el tiempo del visado de estudios como residencia legal. A partir de ese año, esto cambió a raíz de una circular emitida por la DGRN del Ministerio de Justicia.

  • Interrumpir la permanencia en España

A su vez, la residencia tiene que ser continuada. Eso no significa que no puedas haber salido de España durante el tiempo requerido, si se trata de un viaje esporádico o de vacaciones.

Pero si has estado, por poner un ejemplo, seis meses continuos fuera, es probable que te nieguen la nacionalidad.

Hay que mantener la residencia durante el lapso de tramitación de la solicitud.

  • No estar en situación regular al momento de la concesión de la nacionalidad

No basta con poseer un permiso de residencia al momento de hacer la solicitud, hay que tenerlo vigente también al momento de la concesión.

Si el permiso de residencia en España vence antes de que te concedan la nacionalidad, debes renovarlo oportunamente. De lo contrario, no solo te denegarán la solicitud sino que pueden deportarte.

  • No aprobar los exámenes de idioma español (DELE) y de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE)

La nueva normativa introduce este requisito adicional, aunque en el caso del examen CCSE es un cambio positivo pues sustituye al examen un tanto subjetivo que hacían los registradores civiles a su leal saber y entender, y que se prestaron a muchas situaciones injustas.

Lee también: ¿Quiénes están exentos de los exámenes para obtener la nacionalidad española?

Estos son los motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia. Si por alguno o algunos de estas razones te la han negado a ti, te recordamos que aún tienes la opción de interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes o repetir el proceso, Estas acciones las debes valorar con la asesoría de un abogado especializado en extranjería.

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42 comentarios en «Los 8 motivos más comunes por los que deniegan la nacionalidad española por residencia»

  1. Hola abogado tengo ya un año y meses casada con un Español, puedo hacer ya el examen? Y otra pregunta y Ami me hay dicho que por derecho ya la tengo pero igual tengo que hacer el examen, tengo que precentar muchos papeles antecedentes penales y todo eso o solo mi partida de nacimiento???
    Gracias abogado un saludo y que Dios lo bendiga

  2. Hola, sr. Abogado
    Mi pareja que Es chileno estaba de pareja de echo con otra pareja española, eso ya hace 4 años, la pregunta, puede solicitar la nacionalidad si no cumplió el tiempo o convivencia en empadronamiento por causas justificadas. Y aún sigue el nombre de la ex en su nie comunitario? Ya va a cumplir 5 años de Nie comunitario….Un saludo

  3. Estoy casada con ciudadano Español y soy latina. He realizado la prueba ccse y he salido apta. Ahora he leido en este blog que no requería tal examen para solicitar la nacionalidad. Que debo hacer ahora? no presentar el certificado ccse? De todas formas aparecerá en la base de datos, que ya lo he realizado y no se podrá eliminar,no? En que me afectara, entonces?

  4. BUENAS…GRACIAS POR SUS ORIENTACIONES MMUUYY AGRADECIDOS, QUE DIOS LO BENDIGA POR TANTA AYUDA…MI PREGUNTA ES… YO SOY VENEZOLANA VIVO EN VENEZUELA , HIJA DE PADRE ESPAÑOL, EN ESTOS MOMENTOS ESTOY TRAMITANDO LOS DOCUMENTOS PARA DESPUES SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA… TENGO DOS HIJOS UNO DE 22 AÑOS Y OTRO DE 18 AÑOS ..¿ELLOS LA ADQUIEREN TAMBIEN AL YO POSEERLA ?…

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